Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD VEGETAL

Resolución 331/2003

Programa de Lucha contra Carpocapsa y Grafolita. Apruébanse los modelos de Cuaderno de campo y de Cuaderno Fitosanitario, para uso obligatorio en la provincia de Mendoza y en la Región Patagónica, respectivamente.

Bs. As., 30/12/2003

VISTO el Expediente N° 14.466/2002 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; la Resolución N° 405 del 8 de julio de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION; y la Resolución N° 78 del 26 de marzo de 2003 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Resolución N° 405/1998 del 8 de julio de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA, se faculta al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para modificar el Cuaderno Fitosanitario que es de uso obligatorio por los productores de manzanas y peras en la Región Patagónica.

Que por la Resolución N° 78 del 26 de marzo de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE SA- NIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se extendió el uso obligatorio del Cuaderno Fitosanitario a la Provincia de MENDOZA.

Que a fin de aprobar las modificaciones efectuadas al Cuaderno Fitosanitario de la Región Patagónica y el modelo de Cuaderno de Campo de la Provincia de MENDOZA, se ha efectuado el análisis de sus contenidos de información, considerándolos apropiados para realizar la fiscalización y el control fitosanitario de los montes frutales de manzanas y peras.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 680 del 1° de septiembre de 2003.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Aprobar el modelo de Cuaderno de campo para uso obligatorio en la Provincia de MENDOZA, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por los alcances de las Resoluciones Nros. 405 del 8 de julio de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIÓN y 78 del 26 de marzo de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, que obra como Anexo I de la presente resolución.

Art. 2º — Aprobar el modelo de Cuaderno Fitosanitario para uso obligatorio en la Región Patagónica, integrada por los Partidos de Villarino y Patagones de la Provincia de BUENOS AIRES; las Secciones XXIV y XXV del Departamento de Puelén y la Sección V del Departamento de Caléu-Caléu en la Provincia de LA PAMPA; y las Provincias del NEUQUEN, de RIO NEGRO, del CHUBUT, de SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, que obra como Anexo II de la presente resolución.

Art. 3º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en www.boletinoficial.gov.ar y en la Dirección de Sanidad Vegetal, Paseo Colón N° 367, Piso 7°, Contrafrente.