MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución N° 1001/2004

Bs. As., 30/12/2003

VISTO el Expediente N° S01:0261733/2003, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y,

CONSIDERANDO:

Que el mencionado expediente tiene por objeto la aprobación de un Acta de Creación del Programa de Articulación de la Cooperación y Asistencia Técnica entre la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES y la FACULTAD DE DERECHO, de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.

Que el objeto del Programa en cuestión es contar con la colaboración de profesionales de la abogacía, la ingeniería y la economía y, además, de estudiantes de los últimos años de las mencionadas especialidades, a los fines de llevar adelante la implementación de programas de trabajo a ser definidos a través de Protocolos Adicionales al Acta, los cuales deberán oportunamente ser validados conforme los procedimientos legales establecidos al efecto y que tendrán por objeto definir acciones y servicios para asistir a la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES en el desarrollo de las funciones de su competencia.

Que tanto el Programa general que establece el Acta, como los Programas Específicos de Trabajo que de él deriven se inscriben en el marco del Convenio de Colaboración y Asistencia Técnica suscripto entre el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la FACULTAD DE DERECHO de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES en fecha 2 de octubre de 2003

Que en virtud de lo convenido entre la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES y la FACULTAD DE DERECHO de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, esta última se compromete a aportar equipos interdisciplinarios, a los fines de colaborar en la implementación que cada programa de trabajo requiera, conforme los objetivos y presupuesto que sean establecidos en los correspondientes Protocolos Adicionales.

Que la ejecución y puesta en marcha de los Programas Específicos de Trabajo que sean establecidos dentro del marco del Programa suscripto estará a cargo, en cada uno de los casos, de una Unidad de Coordinación, compuesta por DOS (2) profesionales en representación de la FACULTAD DE DERECHO de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y DOS (2) profesionales en representación de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES.

Que la FACULTAD DE DERECHO, de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES recibirá, como contraprestación por su intervención en los Programas Específicos de Trabajo que sean acordados en el marco del Programa de Colaboración suscripto, el DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del pago de honorarios relacionados con cada uno de los programas, lo que se estima razonable en virtud de los alcances de su colaboración en la ejecución del Programa.

Que la implementación del Programa en cuestión, con los alcances descriptos, logrará en el transcurso de su ejecución satisfacer los objetivos tenidos en miras al momento de la suscripción, brindando el adecuado marco que facilite la definición de los Programas Específicos de Trabajo, lo que hace que el Acta se considere como una herramienta jurídica eficiente para la obtención de la asistencia técnica que se requiera de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, a través de la FACULTAD DE DERECHO.

Que la duración prevista para el Programa aludido es de DOS (2) años, prorrogables automáticamente de no mediar objeción fehaciente de alguna de las partes al menos CIENTO VEINTE (120) días antes de la finalización del período.

Que la FACULTAD DE DERECHO de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES se encuentra capacitada para integrar el equipo interdisciplinario requerido para el cumplimiento de los objetivos descriptos.

Que la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES conserva las facultades para asegurarse la correcta implementación de los Programas Específicos de Trabajo, así como las que le permiten supervisar y controlar su funcionamiento.

Que la presente Resolución es conteste con lo establecido en el Apartado 2, del inciso d) del Artículo 25° del Decreto 1023, de fecha 13 de Agosto de 2001, conforme lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto 2508, de fecha 5 de diciembre de 2002.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142, de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por Decisión Administrativa del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS N° 215, de fecha 21 de julio de 1999.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Acta de creación del Programa de Articulación de la Cooperación y Asistencia Técnica entre la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES y la FACULTAD DE DERECHO de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, el que, como Anexo I, forma parte de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 12/1 N° 436.772 v. 12/1/2004