Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 2/2004

Apruébanse el Instructivo para Establecimientos de Empaque y Frigoríficos, e Inspectores, del Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de Argentina bajo un Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa con destino a Brasil, y el modelo de Reporte de Daño para la Región Patagónica.

Bs. As., 12/1/2004

VISTO el expediente N° 785/2004, la Resolución N° 891 del 20 de diciembre de 2002, ambos del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra en vigencia el "Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo un sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella L.)", aprobado mediante la Resolución N° 891 del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que por la mencionada resolución el señor Presidente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, faculta a la Dirección Nacional de Protección Vegetal a disponer los lugares y fechas de apertura y cierre de la inscripción en el Programa mencionado en el considerando anterior y a ejecutar las modificaciones operativas que correspondan.

Que transcurrido el primer año de implementación del citado Programa, resulta imprescindible modificar, ampliar y aclarar algunos de sus pasos operativos.

Que resulta necesario contar en la Región Patagónica con un "Instructivo para Establecimientos de Empaque y Frigoríficos, e Inspectores", del Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo un sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella L.)", a fin de establecer metodologías operativas que rijan estas tareas.

Que es menester adecuar la planilla de "Reporte de Daño" para la Región Patagónica a fin de otorgarle mayor agilidad a esta etapa del Sistema de Mitigación de Riesgo, como así también evitar errores de lectura que impidan mantener la Trazabilidad de la fruta.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

Que la suscripta es competente para dictar la presente medida, en virtud de lo dispuesto por el artículo 3°, de la Resolución N° 891 del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

DISPONE:

Artículo 1° — Aprobar el Instructivo para Establecimientos de Empaque y Frigoríficos, e Inspectores del Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de Argentina bajo un Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella L.), con Destino a Brasil, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Disposición.

Art. 2° — Aprobar el modelo de Reporte de Daño para la Región Patagónica, que como Anexo II, forma parte integrante de la presente Disposición.

Art. 3° — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diana M. Guilién.

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NOTA: Esta Disposición se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en www.boletinoficial.gov.ar y en la Dirección Nacional de Protección Vegetal, ubicada en Paseo Colón N° 367, piso 7°, frente, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.