Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 31/2004

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2004 de Telam Sociedad del Estado, actuante en el área de la Secretaría de Medios de Comunicación.

Bs. As., 15/1/2004

VISTO el Expediente N° S01:0247634/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y,

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto, se tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2004 correspondiente a TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO actuante en el área de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de las Empresas y Sociedades del Estado.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determinan que es facultad del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2004 de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el área de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS QUINCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVENTA ($ 15.738.090) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 32.966.846) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 17.228.756), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVENTA ($ 33.738.090) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 32.966.846) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 771.244), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2004 en PESOS TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 328.756), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.