Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 646/2003

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2003 de Líneas Aéreas Federales Sociedad Anónima, actuante en el área del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Bs. As., 30/12/2003

VISTO el Expediente N° S01:224259/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto se tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2003 formulado por LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL. INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2003 de LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0,-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SESENTA Y SIETE ($ 8.757.067,-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SESENTA Y SIETE ($ 8.757.067,-), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 10.700.000,-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SESENTA Y SIETE ($ 8.757.067,-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES ($ 1.942.933,-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0,-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES ($ 1.942.933,-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo Artículo 3° de la presente resolución, estimase el Resultado Financiero EQUILIBRADO para el Ejercicio 2003, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.