JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución Nº 20/2004

Bs. As., 22/1/2004

VISTO el Decreto Nº 624 del 21 de agosto de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por la norma antes citada se procedió a aprobar la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, hasta el primer nivel operativo.

Que por tal motivo resulta imprescindible realizar un profundo rediseño en los niveles organizacionales inferiores de las primeras aperturas aprobadas por Decreto Nº 624/03.

Que por la citada medida se ha emprendido un proceso de reingeniería en la mencionada jurisdicción, y la misma tiende a la búsqueda de la optimización de la gestión de la referida JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en función de las competencias establecidas para la jurisdicción.

Que asimismo resulta imprescindible dar sustento técnico a las áreas recientemente creadas por el Decreto mencionado en el Visto, a fin de dar continuidad y profesionalización a las competencias atribuidas al Jefe de Gabinete de Ministros por la Constitución Nacional.

Que por la dinámica adquirida por la Administración Pública Nacional con motivo de la transformación y modernización de sus organizaciones acaecida en estos últimos años, resulta pertinente reformular procesos en los niveles antes mencionados de la citada cartera.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores del primer nivel operativo de la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, establecida por el Decreto Nº 624 del 21 de agosto de 2003, con excepción de las correspondientes a la SECRETARIA DE DEPORTES y a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, de acuerdo a los Organigramas y Acciones que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Apruébanse, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con excepción de las correspondientes a la SECRETARIA DE DEPORTES y a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo al Listado y Acciones que como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 3º — Las aperturas de nivel inferior a las aprobadas por la presente Resolución, mantendrán su vigencia hasta tanto se presente su nueva conformación.

ARTICULO 4º — Deróguense las Resoluciones JGM Nros. 56 y 57, ambas del 15 de febrero de 2002, y sus modificatorias y complementarias, y cualquier otra norma que se oponga a la presente.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALBERTO A. FERNANDEZ, Jefe de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

(Dirección de Interpretación y Asistencia Normativa incorporada al Organigrama de la Jefatura de Gabinete de Ministros en la órbita de la Oficina Nacional de Empleo Público por art. 1° de la Resolución N° 822/2007 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, B.O. 3/10/2007)

ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

AUDITORIA ADJUNTA

ACCIONES:

1. Asistir al Auditor Interno Titular en la formulación y el control de la planificación global y anual de los programas específicos de auditoría como así también en la coordinación, control y evaluación de los resultados.

2. Analizar los resultados de los trabajos elevados por los responsables de las distintas áreas, evaluar y conformar las conclusiones y recomendaciones al respecto.

3. Coordinar y conformar grupos de trabajo para resolver cuestiones técnicas y de organización funcional.

4. Analizar el comportamiento técnico-profesional en el desarrollo de acciones de auditoría, calificando a los responsables de las áreas y emitir opinión acerca del grado de eficiencia en sus respectivos desenvolvimientos.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y CONTABILIDAD

ACCIONES:

1. Proveer en tiempo y forma el suministro de materiales e insumos necesarios para el desarrollo y desenvolvimiento de las áreas.

2. Elaborar los informes de cierre de ejercicio, tanto en la parte financiera como en la ejecución física de metas y volúmenes de tareas.

3. Realizar las operaciones contables de las dependencias que componen el Servicio Administrativo Financiero.

4. Confeccionar los estados contables, Cargo Fiscal, Estados de Cierre de Ejercicio para la CONTADURIAGENERAL DE LA NACION, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y los órganos de control que correspondan.

5. Efectuar todas las registraciones contables emergentes de los hechos económicos y financieros realizados.

6. Confeccionar las liquidaciones de gastos, bienes y servicios originados en relaciones y operaciones de diverso tipo contractual.

7. Realizar la liquidación de anticipos de viáticos, eventuales y pasajes por comisiones de servicios y la liquidación de los reintegros por los mismos conceptos.

8. Calcular y/o efectuar las retenciones impositivas que reglamentariamente correspondan.

9. Aplicar los mecanismos de control interno establecidos por los organismos de aplicación y control que correspondan y establecer aquellos que se estimen necesarios para el correcto desenvolvimiento del servicio.

10. Confeccionar las órdenes de pago y autorizaciones de pago para la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION.

11. Emitir los Formularios de Registro Presupuestario Contable de las distintas etapas de Gastos y Recursos.

12. Registrar y controlar los Recursos en forma concordante con Presupuesto y Tesorería.

13. Realizar, supervisar y controlar las rendiciones de cuentas de todas las erogaciones efectuadas, a excepción de las relacionadas con Recursos Humanos.

14. Resguardar toda la documentación respaldatoria de los pagos efectuados.

15. Realizar todas las operaciones, registro y emisión de documentación e informes relacionados con el Sistema Integrado de Información Financiera y movimientos de la Cuenta única del Tesoro, en el ámbito de su competencia.

DIRECCION DE PRESUPUESTO COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto.

2. Efectuar la elaboración y formulación del proyecto de presupuesto anual, calculando las previsiones presupuestarias del Servicio Administrativo Financiero.

3. Realizar el análisis, fiscalización y registro del movimiento mensual del Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Recursos del Servicio Administrativo, a fin de detectar desvíos de las asignaciones originales y/o necesidad de modificaciones, relacionando estas acciones con la planificación, presupuestación y control de ejecución de las metas físicas.

4. Confeccionar los pliegos de bases y condiciones que rijan los llamados a concursos de precios y realizar todas las operaciones administrativas relacionadas con recepción y análisis de las ofertas que se presenten en ocasión de licitaciones, concursos y/o compulsas de precios, y todo lo relacionado con los distintos procedimientos de contratación a excepción de los relacionados con los Recursos Humanos.

5. Participar en la elaboración del Plan Anual de Contrataciones y prestar apoyo administrativo a las comisiones Evaluadora y de Recepción de Bienes.

6. Realizar el control y registro de bienes patrimoniales, sus altas y bajas y efectuar la verificación, clasificación e identificación de los mismos, así como también, su rendición anual.

7. Supervisar los procesos de adquisición de bienes y servicios de conformidad al Plan Anual de Adquisiciones.

8. Dictaminar respecto de la urgencia, necesidad y/u oportunidad de realizar contrataciones no previstas en el Plan Anual de Adquisiciones.

DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS

ACCIONES:

1. Efectuar el control de asistencia del personal de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2. Confeccionar y administrar los legajos únicos del personal de la Jurisdicción, manteniendo actualizados sus datos.

3. Intervenir en la aplicación del régimen disciplinario vigente.

4. Efectuar la liquidación de los haberes del personal dependiente de la Jurisdicción y las retenciones de rigor.

5. Tramitar y registrar la documentación referente a designaciones, promociones, cesantías, contrataciones, adscripciones, reincorporaciones y declaraciones juradas, afiliaciones, subsidios familiares y títulos, conforme a la normativa vigente.

6. Coordinar la aplicación del sistema de selección y evaluación de desempeño, de acuerdo al régimen de carrera vigente.

7. Administrar las ofertas de capacitación del Instituto Nacional de la Administración Pública y los programas de capacitación específica a los efectos de cubrir las necesidades de las distintas áreas de la Jurisdicción.

8. Organizar y coordinar los servicios de asistencia médica, psicológica y de enfermería habilitados para el personal de la Jurisdicción.

9. Intervenir en las acciones vinculadas con la higiene y seguridad laboral.

10. Desarrollar las acciones relacionadas con las franquicias y licencias especiales sujetas a control médico, decidiendo su otorgamiento y certificar la aptitud psicofísica del personal para su ingreso a los organismos comprendidos en su ámbito de actuación.

11. Mantener actualizada la información relativa a la estructura organizativa de la Jurisdicción y asistir en las propuestas de modificación.

12. Realizar el procesamiento de datos referidos a los cargos presupuestarios existentes en la estructura de la Jurisdicción y su actualización con relación a los movimientos de los recursos humanos.

13. Efectuar la confección de los proyectos de decretos, decisiones administrativas, resoluciones individuales o conjuntas, disposiciones, etc., referidos a la Administración de recursos humanos, atendiendo su seguimiento.

14. Certificar los servicios de los agentes de la Jurisdicción JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para ser presentados ante los organismos previsionales.

DIRECCION DE OPERACIONES, SERVICIOS Y MESA DE ENTRADAS

ACCIONES:

1. Entender en la planificación global destinada a la conservación de los bienes muebles de la jurisdicción y de los inmuebles e instalaciones afectados a su uso. Supervisar la ejecución de las tareas de mantenimiento de esos bienes, tanto con carácter preventivo como correctivo.

2. Supervisar desde el punto de vista técnico el estricto cumplimiento de los servicios contratados que se relacionen con las actividades del área.

3. Suministrar a las distintas áreas los bienes que hubieran sido objeto de contratación de acuerdo a las necesidades de cada sector.

4. Entender en la instalación y mantenimiento de los servicios de electricidad, gas, aguas, etcétera.

5. Entender en las acciones de conservación de los espacios comunes de desplazamiento del edificio (ascensores, escaleras, áreas comunes de circulación).

6. Atender la vigilancia y seguridad del inmueble que es sede de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de los restantes inmuebles donde realizan actividades otras dependencias de la misma.

7. Atender los sistemas preventivos de control de averías e incendios.

8. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada, en movimiento y egresada de la Jurisdicción.

9. Tramitar la documentación, elaborando los informes, providencias y notas correspondientes.

10. Protocolizar los actos administrativos —individuales o conjuntos— emanados del Jefe de Gabinete de Ministros que no requieran refrendo ministerial y los emanados de los Secretarios, Subsecretarios y funcionarios de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros con facultades para resolver.

11. Reproducir, autenticar, distribuir, archivar y custodiar los ejemplares originales de los actos protocolizados.

12. Tramitar ante los distintos organismos de la Administración Pública la documentación que corresponda.

SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION

ACCIONES:

1. Realizar la coordinación del Sistema Nacional de Capacitación para asegurar el desarrollo de las competencias del personal al servicio de la Administración Pública Nacional.

2. Realizar y promover actividades de capacitación y formación destinadas a personal de nivel directivo, profesional, técnico y operativo, que contribuyan a desarrollar sus competencias para la mejora del desempeño de la gestión pública.

3. Elaborar y proponer la normativa que garantice la calidad, pertinencia y compatibilidad de los distintos planes de capacitación de las organizaciones públicas a los efectos de su acreditación, contribuir a su puesta en práctica y supervisar su aplicación.

4. Generar una Red Institucional de Capacitación que facilite la colaboración y asociación entre instituciones y áreas de capacitación del Estado, para el intercambio de saberes, experiencias y tecnología, así como para la difusión de las actividades de capacitación y el empleo mancomunado de recursos.

5. Certificar la asignación de créditos de capacitación, de acuerdo a la normativa vigente, para los agentes de la Administración Pública Nacional.

6. Desarrollar las políticas, instrumentos y actividades necesarios para el fortalecimiento institucional de las áreas de capacitación de los organismos de la Administración Pública Nacional, asistiéndolas en el diseño, formulación y ejecución de sus planes estratégicos y operativos de capacitación.

7. Administrar el Registro de Prestadores del Sistema Nacional de Capacitación y acreditar las competencias técnico-docentes de los prestadores inscriptos en el mismo.

8. Desarrollar instrumentos para evaluar en forma periódica la calidad y el impacto de la capacitación, a fin de dar cuenta de su correspondencia con las metas, objetivos y necesidades de cada organismo y de la satisfacción de estándares y resultados.

9. Investigar, diseñar y ejecutar modelos formativos para el desarrollo de competencias de acción y valores adaptados a las necesidades de la actuación del Estado, incorporando el uso de las tecnologías de la información y la comunicación que faciliten el acceso al conocimiento y permitan sustentar métodos didácticos innovadores a ser aplicados por formadores, instructores, tutores y facilitadores.

10. Propiciar la cooperación con universidades, instituciones académicas, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales del país y del exterior y organismos internacionales, mediante la realización de pasantías, proyectos, cursos, becas e intercambios, para fortalecer los programas de formación y capacitación de los funcionarios públicos.

DIRECCION DE INVESTIGACIONES

ACCIONES:

1. Realizar y promover estudios o investigaciones que contribuyan al desarrollo del conocimiento sobre la Administración Pública y el Estado.

2. Planificar, coordinar y ejecutar las acciones de investigación sobre administración Pública y el Estado que sean prioritarias para el Gobierno Nacional.

3. Coordinar el diseño y la ejecución de estudios e investigaciones sobre la Administración Pública y el Estado mediante convenios con organismos internacionales, universidades, institutos de investigación y organizaciones de la sociedad civil con interés en tema.

4. Identificar y mantener actualizada la información sobre estudios e investigaciones que realicen instituciones del país y del exterior en la materia.

5. Realizar y difundir estudios aplicados a la mejora de la gestión pública, orientados a maximizar los principios de transparencia, servicio, participación, eficiencia, equidad y control ciudadano.

6. Instrumentar y apoyar iniciativas cooperativas en materia de estudios e investigación que propendan a la asociación de esfuerzos con universidades, empresas y otras organizaciones de la sociedad civil.

7. Participar en reuniones técnicas, proveer tutoría a practicantes, pasantes y tesistas universitarios vinculados con la temática de la Administración Pública.

8. Proveer apoyo metodológico y asistencia técnica en investigaciones realizadas por otros organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil.

DIRECCION DE DOCUMENTACION E INFORMACION

ACCIONES:

1. Planificar y desarrollar las acciones de detección, procesamiento, almacenamiento y recuperación de material bibliográfico y documental sobre Estado y Administración Pública constituyéndose en centro de referencia en materia.

2. Facilitar el acceso a información bibliográfica mediante el Centro de Documentación e Información sobre Administración Pública y su articulación con redes cooperativas.

3. Promover el adecuado manejo de la documentación e información sobre Administración Pública, a través del desarrollo, perfeccionamiento y transferencia de tecnologías informáticas y documentales en unidades gubernamentales, no gubernamentales y académicas.

4. Coordinar la Red Nacional de Documentación e Información (RENDIAP) y la Red de Centros Académicos dedicados al estudio de la gestión en gobiernos locales (REDMUNI).

5. Desarrollar, actividades, ámbitos y comunidades de aprendizaje orientados a valorar la información como insumo básico para el mejoramiento de la gestión pública, con énfasis en garantizar el acceso del ciudadano a la misma, conjuntamente con otras áreas institucionales.

6. Participar en Redes Argentinas de Información (RECIARIA), UNIRED, Red Latinoamericana de Documentación sobre Administración Pública (CLAD) y Registro de Entidades que realizan Actividades Científicas y Tecnológicas (SECYT).

7. Programar, coordinar, ejecutar y distribuir la producción editorial institucional.

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DIRECCION DE SISTEMAS DE INFORMACION Y TRANSPARENCIA

ACCIONES:

1. Realizar la coordinación del Componente Compras y Contrataciones del PROYECTO ARG/99/004.

2. Entender en la elaboración y mantenimiento del modelo conceptual del Sistema de Contrataciones, realizando la Investigación de sitios y sistemas de similares características a los desarrollados en la Oficina Nacional de Contrataciones.

3. Generar mecanismos que provean información al ciudadano, sobre las contrataciones del Estado, de manera actualizada y de fácil accesibilidad, promoviendo la transparencia de los actos de gobierno en esta materia.

4. Establecer la definición técnica de las herramientas de los sistemas desarrollados y a desarrollar por la Oficina Nacional de Contrataciones, como así también el hardware y software requerido para un correcto funcionamiento de la Oficina.

5. Implementar los sistemas que desarrolle o adquiera la Oficina Nacional de Contrataciones para el funcionamiento del modelo conceptual de contrataciones.

6. Brindar asesoramiento en el uso de sistemas informáticos de contrataciones a los Organismos y Entes del sector Público y Privado.

7. Participar en el desarrollo de nuevos diseños informáticos que mejoren y optimicen el sistema Nacional de Contrataciones y aseguren el cumplimiento de las normas vigentes en la materia.

DIRECCION DE ELABORACION E INTERPRETACION NORMATIVA

ACCIONES:

1. Elaborar los proyectas de normativa de aplicación en la Administración Pública Nacional en materia de Contrataciones del Estado.

2. Brindar asesoramiento y soporte permanente a las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional en materia de Contrataciones del Estado.

3. Efectuar la elaboración de Manuales de Procedimientos referentes a la tramitación de las contrataciones en orden a la normativa vigente.

4. Elaborar las interpretaciones con alcance general y obligatorio para el sector público nacional, de las normas legales o reglamentarias que rijan las compras y contrataciones de las jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo Nacional.

5. Efectuar el dictado de cursos de capacitación a entidades y jurisdicciones sobre la aplicación de la normativa vigente en materia de contrataciones de la Administración Pública Nacional, en coordinación con el Instituto Nacional de la Administración Pública.

6. Integrar las Comisiones de Compras Gubernamentales del MERCOSUR y del ALCA.

OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION

DIRECCION DE CALIDAD DE SERVICIOS Y EVALUACION DE GESTION

ACCIONES:

1. Establecer criterios y lineamientos metodológicos para la implementación de programas de mejoramiento de la calidad de los servicios que prestan las organizaciones públicas.

2. Coordinar la implementación del Programa Carta Compromiso con el Ciudadano y brindar asistencia técnica a los organismos para el desarrollo y mejoramiento de sistemas de información al ciudadano y fijación de estándares de calidad.

3. Diseñar e implementar mecanismos de participación ciudadana que con el objeto de transparentar la acción de gobierno y generar una instancia de participación de la Sociedad Civil.

4. Implementar una Guía de trámites a fin de poner a disposición de la ciudadanía la información relativa a las tramitaciones ante el Estado.

5. Establecer pautas y criterios metodológicos para la evaluación de desempeño económico, de eficiencia, efectividad y calidad de la gestión y de los resultados establecidos en el modelo de gestión por resultados.

6. Analizar y evaluar la pertinencia de los indicadores claves de desempeño y de resultados organizacionales.

7. Establecer criterios y lineamientos metodológicos para el monitoreo del cumplimiento de los compromisos establecidos por las organizaciones públicas y efectuar el seguimiento y certificación de los mismos.

DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA ORGANIZACIONAL

ACCIONES

1. Desarrollar y establecer las pautas e instrumentos metodológicos para la implementación de planes estratégicos y operativos y reingenierías de procesos sustantivos y de apoyo administrativo.

2. Asistir a los organismos en la aplicación de la gestión por resultados, en la definición de los objetivos y apuestas estratégicas, en la formulación de planes operativos y en las reingenierías de procesos para la mejora de la gestión.

3. Asistir en la promoción de programas tendientes a perfeccionar la gestión, en los organismos de la Administración Pública Nacional, sobre la base de compromisos de resultados, brindando asistencia técnica en la materia.

4. Contribuir en la propuesta de programas de fortalecimiento de las capacidades institucionales para los organismos de la Administración Pública Nacional.

5. Analizar y elaborar propuestas sobre el mejoramiento de los procesos identificados como prioritarios.

DIRECCION DE ANALISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL

ACCIONES:

1. Proponer y analizar propuestas de rediseño de la macroestructura organizacional.

2. Proponer normas en materia de estructuras organizativas para los organismos de la Administración Pública Nacional.

3. Evaluar e intervenir en el proceso de aprobación de las propuestas de cambios organizacionales en relación a creaciones, transferencias, fusión de organismos, modificación de estructuras organizativas efectuadas por los organismos de la Administración Pública Nacional.

4. Evaluar e intervenir en el otorgamiento de adicionales y suplementos por funciones ejecutivas.

5. Efectuar los estudios técnicos y proponer los criterios, factores, estándares y variables, que permitan establecer el cumplimiento de las responsabilidades asignadas.

6. Diseñar los instrumentos técnicos que permitan la descripción de puestos de trabajo y competencias laborales, y coordinar programas para su aplicación y difusión.

7. Mantener actualizado el Sistema de Información sobre la Organización del Estado.

OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION

DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA

ACCIONES

1. Proponer y mantener actualizados los estándares sobre tecnologías en materia informática, teleinformática o telemática, telecomunicaciones, ofimática o burótica, y dar asistencia técnica a los organismos nacionales, provinciales o municipales, que así lo requieran.

2. Emitir el previo dictamen técnico en todos los proyectos de desarrollo, innovación, implementación, compatibilización e integración de las tecnologías de la información en el ámbito del Sector Público, cualquiera fuese su fuente de financiamiento.

3. Administrar el funcionamiento de los enlaces de comunicaciones y sistemas internos de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

4. Asistir a requerimiento del Servicio Informático de la jurisdicción en la mejora y optimización del funcionamiento de los servicios informáticos internos de la misma.

5. Mantener actualizada la información sobre los bienes informáticos de la Administración Nacional.

6. Colaborar con el Director de la Oficina en la elaboración de una estrategia de optimización, tanto en lo referente a los recursos aplicados como a nivel de la prestación, de las subredes que componen la Red Nacional de Información Gubernamental estableciendo normas para el control técnico y administración.

7. Colaborar con el Director de la Oficina en la elaboración de lineamientos y normas que garanticen la homogeneidad y pertinencia de los distintos nombres de los dominios de los sitios de Internet del Sector Público, interviniendo junto con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en el otorgamiento de los mismos.

DIRECCION DE RECURSOS INFORMATICOS

ACCIONES:

1. Asistir al Director de la Oficina en la elaboración del Plan Nacional de Gobierno Electrónico, coordinando con organismos nacionales, provinciales y municipales.

2. Colaborar con el Director de la Oficina en la generación de un ámbito de responsables de informática de las distintas jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, con el fin de potenciar los esfuerzos tendientes a optimizar un mejor aprovechamiento de las tecnologías aplicadas.

3. Supervisar el diseño e implementación de los sistemas informáticos para el proceso electrónico de datos y desarrollo de sistemas de información, transversales enmarcados en el proceso de modernización y reforma del Estado.

4. Generar y mantener un portal con información actualizada sobre las aplicaciones informáticas propiedad del Estado disponibles, los proyectos de desarrollo en curso y el software de libre disponibilidad de utilidad para la Administración Nacional.

5. Coordinar el desarrollo de portales de Internet en el sector público, de forma de mejorar la interrelación de los organismos entre sí.

DIRECCION DE APLICACIONES

ACCIONES:

1. Administrar la Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional.

2. Asistir al Director de la Oficina en el cumplimiento de las obligaciones y funciones establecidas en los artículos 13 y 14 del Decreto Nº 2628/2002.

3. Intervenir, asistir y proponer acciones y políticas en lo referido a seguridad informática y al resguardo de la información del Estado.

4. Intervenir en la elaboración del marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así como intervenir en aquellos aspectos vinculados con la incorporación de estos últimos a los circuitos de información del sector público y con su archivo en medios alternativos al papel.

5. Intervenir en el proceso de otorgamiento de adicionales informáticos para el personal de la Administración Pública Nacional.

6. Generar y mantener un portal con información actualizada sobre los trámites que se realizan en el Estado contribuyendo a su digitalización y estimulando la realización de trámites en línea.

7. Investigar nuevas tecnologías para la optimización de la gestión de la Administración Pública Nacional y proponer su implementación.

OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(Acciones de la Oficina Nacional de Empleo Público, sustituidas por art. 1° de la Resolución N° 822/2007 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, B.O. 3/10/2007)

DIRECCION DE LEGISLACION Y RELACIONES LABORALES

ACCIONES:

1. Proponer y confeccionar o, en su caso, dictaminar, los proyectos, las normas de orden legal o reglamentario destinadas a regular las relaciones laborales en el Sector Público Nacional.

2. Colaborar en la confección de la normativa que regula los diversos institutos componentes de los regímenes de carrera administrativa.

3. Proponer y elaborar la normativa pertinente así como asesorar en materia de delegación de facultades del Poder Ejecutivo Nacional, del Jefe de Gabinete de Ministros y de las autoridades jurisdiccionales en los temas de su competencia.

4. Colaborar en la tramitación de reclamos, denuncias y recursos administrativos del personal en cuestiones vinculadas con el empleo público.

5. Colaborar con el asesoramiento en los procesos de negociaciones colectivas de trabajo del sector público nacional y en los de resolución de conflictos colectivos.

6. Colaborar con la formulación de los criterios generales en materia de negociación colectiva a adoptar por la representación estatal y en la confección de textos conveniales.

7. Asistir en la coordinación de las Comisiones Permanentes de los sistemas de carrera, en las Comisiones Negociadoras que se establezcan, o en los que participe la Oficina por razón de sus competencias.

8. Brindar asistencia técnica en las materias a su cargo tanto a las unidades de personal como a los servicios jurídicos de las jurisdicciones y entidades.

DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DEL PERSONAL

ACCIONES:

1. Intervenir en el diseño y colaborar con la elaboración de los procedimientos y tecnologías adecuadas para la gestión integral del desempeño de las personas al servicio de la Administración Pública Nacional, en materia de aplicación de los sistemas de selección, evaluación, promoción, desarrollo, incentivación y retribución del personal.

2. Velar por la adecuada gestión del personal de la Administración Pública Nacional y colaborar con las unidades de Auditoría Interna para el debido control de la aplicación de las políticas y normas en la materia.

3. Elaborar los perfiles de requisitos mínimos a exigir para la cobertura de vacantes de naturaleza funcional similar o equivalente, y los descriptivos de puestos y trabajos o funciones, con la Oficina Nacional de Innovación de Gestión, así como las exigencias en materia de competencias laborales a satisfacer por el personal para cubrirlos.

4. Colaborar con el análisis de los aspectos vinculados con la política salarial y con el asesoramiento a las autoridades superiores en la materia.

5. Contribuir al fortalecimiento de las capacidades de gestión de las unidades jurisdiccionales de personal, asegurando su funcionamiento integrado, proporcionando la asistencia técnica, así como la requerida del personal de dichas unidades.

6. Intervenir en el diseño, implantación y actualización de los sistemas de información y registros del personal, y asegurar la difusión pública de los datos pertinentes.

7. Asegurar la recopilación de normas, jurisprudencia, doctrina y dictámenes asegurando su adecuada difusión y la mayor transparencia de los temas vinculados con el empleo público.

8. Elaborar la información estadística en materia de personal requerida por las autoridades superiores e intervenir o colaborar en el diseño, ejecución y/o análisis de encuestas, relevamientos censales o estudios pertinentes.

DIRECCION DE INTERPRETACION Y ASISTENCIA NORMATIVA

ACCIONES:

1. Elaborar las interpretaciones con alcance general y obligatorio para el sector público nacional, de las normas legales o reglamentarias que rijan la relación laboral o contractual de quienes se desempeñen en dicho sector.

2. Intervenir en la tramitación de reclamos, denuncias y recursos administrativos del personal en cuestiones vinculadas con el empleo o su contratación.

3. Vincular y sistematizar la información referida a los criterios de interpretación adoptados por la Subsecretaría de la Gestión Pública y la jurisprudencia recaída en la materia.

4. Intervenir en el diligenciamiento de requerimientos judiciales en la materia que se deriven a la Subsecretaría de la Gestión Pública.

5. Asistir a los representantes del Estado en los órganos, comisiones o instancias previstas por los diversos escalafones o convenios colectivos sobre los criterios normativos vigentes, en lo que atañe a las materias de su representación.

6. Realizar las investigaciones normativas, jurisprudenciales y doctrinarias concernientes al empleo público individual y colectivo que resulten necesarias para colaborar con su interpretación, aplicación y reforma.

7. Detectar conflictos, discordancias y lagunas normativas y recomendar las acciones correspondientes.

8. Brindar asistencia técnica en las materias a su cargo tanto a las unidades de personal como a los servicios jurídicos de las jurisdicciones y entidades.

ANEXO III

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 822/2007 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, B.O. 3/10/2007, se modifica el presente Anexo en la parte correspondiente a la Oficina Nacional de Empleo Público. Dichas modificaciones no se han plasmado en el presente texto actualizado debido a una imposibilidad material para su confección)

UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

— Coordinación de Ceremonial

— Coordinación de Tramitación Técnica

DIRECCION GENERAL DE ASESORAMIENTO LEGAL

— Coordinación de Asuntos Técnicos

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

— Coordinación de Tesorería

— Coordinación de Sistemas, Tecnología y Telecomunicaciones

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y CONTABILIDAD

— Coordinación de Contabilidad

— Coordinación Técnica

— Coordinación de Administración

DIRECCION DE PRESUPUESTO, COMPRAS Y CONTRATACIONES

— Coordinación de Planificación y Control Presupuestario

— Coordinación de Bienes y Contrataciones

DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS

— Coordinación de Personal

— Coordinación de Procesos Administrativos

DIRECCION DE OPERACIONES, SERVICIOS Y MESA DE ENTRADAS

— Coordinación de Mantenimiento, Suministros y Servicios Auxiliares

— Coordinación de Mesa de Entradas y Despacho

SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

— Coordinación de Cooperación Internacional

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION

— Coordinación de Actividades de Capacitación

OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

DIRECCION DE LEGISLACION Y RELACIONES LABORALES

— Coordinación de Interpretación y Asistencia Normativa

DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DEL PERSONAL

— Coordinación del Sistema de Información de Empleo Público

ANEXO IV

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 822/2007 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, B.O. 3/10/2007, se modifica el presente Anexo en la parte correspondiente a la Oficina Nacional de Empleo Público. Dichas modificaciones no se han plasmado en el presente texto actualizado debido a una imposibilidad material para su confección)

UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

COORDINACION DE CEREMONIAL

ACCIONES

1. Asistir en el ceremonial vinculado con el Jefe de Gabinete de Ministros.

2. Organizar la agenda del Jefe de Gabinete de Ministros, atendiendo las solicitudes de audiencias e invitaciones que se formulen.

3. Participar en la organización de las reuniones en las que intervenga el Jefe de Gabinete de Ministros con otras autoridades y efectuar las invitaciones y citaciones correspondientes.

4. Participar en la coordinación y organización de los actos, ceremonias y viajes oficiales en los que participe o efectúe el Jefe de Gabinete de Ministros.

5. Mantener relación directa con las áreas de Ceremonial de los distintos Ministerios y, fundamentalmente, con la del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, vinculadas con visitas que realicen autoridades extranjeras, en la que tenga intervención el Jefe de Gabinete de Ministros.

6. Programar y organizar la presentación de saludos protocolares de los Embajadores extranjeros acreditados en el país en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

COORDINACION DE TRAMITACION TECNICA

ACCIONES

1. Proponer, desarrollar y coordinar programas de carácter general o específico, que sean de utilidad en la tarea de la autoridad política, con relación el cumplimiento de las misiones y funciones que ella tiene asignadas.

2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros, técnica y administrativamente, en la interpretación y análisis de las notas, disposiciones, reglamentaciones y normativas vigentes que tengan incidencia sobre las funciones del área, efectuando un seguimiento integral entre los distintos sectores que la componen.

3. Elaborar y proponer proyectos de Notas, Circulares, etc. que guarden concordancia con las funciones propias del área.

4. Coordinar la asistencia interna a todas la áreas a fin de optimizar las relaciones institucionales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

DIRECCION GENERAL DE ASESORAMIENTO LEGAL

COORDINACION DE ASUNTOS TECNICOS

ACCIONES:

1. Coordinar la asistencia a la Mesa de Entradas y Despacho de la Jurisdicción.

2. Analizar la documentación que ingresa a la jurisdicción, disponiendo la remisión de dicha documentación a las áreas pertinentes de la Jurisdicción.

3. Proyectar la redacción de notas en respuesta, solicitud de intervención, y contestación a los pedidos de informes.

4. Proyectar la redacción de notas en respuesta a los oficios judiciales.

5. Asistir al Director General en todo lo relacionado con los sumarios administrativos de la Jurisdicción que ingresen a la Dirección General, revisando, y en su caso proyectando, los pertinentes actos y resoluciones sin perjuicio de la responsabilidad que le compete al jurídico permanente de la jurisdicción.

6. Asistir al Director General en las relaciones que la Dirección mantenga con otras áreas de la Jurisdicción.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

COORDINACION DE TESORERIA

ACCIONES

1. Confeccionar el parte diario de ingresos y egresos de valores, ya sea efectivo, banco y/o garantías, como de fondos de terceros, cargos varios, etc.

2. Realizar las conciliaciones bancarias sobre los registros de extractos bancarios y libros de Tesorería de las cuentas corrientes oficiales del organismo.

3. Intervenir en los pagos que conciernen a gastos a abonar mediante el régimen de Fondos Rotatorios.

4. Informar al Director General Técnico Administrativo sobre el estado de disponibilidad de fondos de la Jurisdicción.

5. Intervenir como órgano ejecutor de las retenciones impositivas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y como agente de retención ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

6. Realizar todas las operaciones, registro y emisión de documentación e informes relacionados con el Sistema Integrado de Información Financiera y movimientos de la Cuenta única del Tesoro, en el ámbito de competencia de la Dirección General.

7. Mantener actualizado el registro de valores en custodia, garantías y fondos de terceros.

8. Efectuar depósitos relacionados con cargos al personal referidos a deducción de haberes, en concepto de embargos judiciales, mutuales, préstamos, seguros y cuota sindical entre otros.

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

COORDINACION DE SISTEMAS, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES

ACCIONES

1. Planificar, implementar y administrar los recursos, sistemas, redes y servicios informáticos y de telecomunicaciones de la Jurisdicción, brindando el soporte tecnológico adecuado para la consecución de los objetivos de la organización.

2. Planificar y administrar los enlaces informáticos del organismo necesarios para la transferencia electrónica de datos en el ámbito propio y con los otros organismos públicos y privados, incluidas las conexiones con la red Internet.

3. Administrar los servidores jurisdiccionales, los servicios de red y las bases de datos organizacionales, planificando e implementando las herramientas de seguridad informática tendientes a garantizar la confidencialidad de la información generada.

4. Proponer el diagnóstico y supervisar el diseño, análisis, evaluación, implementación, seguimiento y control de los sistemas de información, para la informatización de los distintos programas, proyectos y actividades de la Jurisdicción.

5. Planificar y administrar los servicios de Internet de la Jurisdicción, incluyendo el sitio web institucional, en el servicio de correo electrónico y los derechos de acceso de los usuarios internos.

6. Brindar esquemas de soporte técnico y mesa de ayuda a los usuarios de sistemas de la jurisdicción, tanto en lo relacionado con el hardware instalado, como en la resolución de dificultades vinculadas con la utilización de programas administrados por esta área, propios o de terceros.

7. Evaluar los requerimientos de bienes y servicios informáticos de las diferentes áreas de la Jurisdicción, interviniendo en los procesos de contratación de los mismos a través de los informes técnicos pertinentes.

8. Diseñar y proponer esquemas de capacitación en informática para los usuarios jurisdiccionales.

9. Planificar y administrar la red de telefonía y telecomunicaciones de la Jurisdicción.

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y CONTABILIDAD

COORDINACION DE ADMINISTRACION

ACCIONES:

1. Realizar los controles específicamente solicitados por la Dirección en relación a transferencia de información a Organismos Oficiales y Fiscales de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

2. Adecuar los mecanismos administrativos que permitan un servicio óptimo de pagos en los diferentes conceptos, rubros y compromisos, controlando que los mismos no demoren el proceso de esas erogaciones.

3. Coordinar con el Area de Contrataciones las acciones que permitan consolidar los procesos previos al pago de cada licitación en términos de documentación respaldatoria sobre cada uno de los expedientes.

4. Analizar las imputaciones de aquellas partidas contables que deriven de requerimientos por parte de la Dirección informando cualquier anormalidad en las mismas y generar los mecanismos de regularización correspondientes.

5. Asegurar que las rendiciones de las Cajas Chicas de las diferentes secretarías se proporcionen en tiempo y forma coordinando con los responsables de cada una de ellas todo cuanto implique garantizar que las mismas se liquiden y documenten en los tiempos y las formas correspondientes.

6. Asistir a la Dirección en la elaboración de procedimientos internos que permitan fortalecer controles y procesos involucrados con la misma en todas las coordinaciones y departamentos propios de dicha Dirección como de todas las que directa e indirectamente actúan con aquélla.

7. Elaborar los informes solicitados por la Dirección que permitan brindar un adecuado Tablero de Control de Gestión para la Dirección.

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y CONTABILIDAD

COORDINACION DE CONTABILIDAD

ACCIONES:

1. Realizar las registraciones contables de las dependencias que componen el Servicio Administrativo Financiero.

2. Confeccionar las órdenes de pago, estados contables y Cuenta General del Ejercicio para la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION.

3. Mantener contacto con la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION a fin de coordinar con la misma los distintos aspectos de la gestión contable.

4. Coordinar entre las distintas áreas de la Dirección General las acciones tendientes a la elaboración y elevación de los distintos estados de cierre en las fechas que correspondan.

5. Mantener la permanente actualización de la normativa vigente relacionada con la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su reglamentación en las partes aplicables del área.

6. Confeccionar las liquidaciones de gastos, bienes y servicios originadas en relaciones y operaciones de diverso tipo contractual.

COORDINACION TECNICA

ACCIONES:

1. Entender en el análisis y encuadre legal de todo requerimiento de las distintas Secretarías y Subsecretarías administradas por el Servicio Administrativo Financiero, que realicen en función de comisiones de servicio.

2. Mantener actualizada la normativa vigente relacionada con el régimen de compensaciones por viáticos, reintegros de gastos y órdenes de pasaje y carga, interviniendo en su aplicación.

3. Coordinar y supervisar con las diversas áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los trámites a cumplir referidos a anticipos de viáticos, eventuales y pasajes por comisiones de servicio y reintegros por los mismos conceptos, incorporando también el reintegro de gastos, control y gestión de Telefonía Celular.

4. Evaluar y articular con las distintas Secretarías y Subsecretarías los mecanismos que tiendan a agilizar e impulsar la responsabilidad de cada uno de los sectores intervinientes.

DIRECCION DE PRESUPUESTO, COMPRAS Y CONTRATACIONES

COORDINACION DE PLANIFICACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO

ACCIONES:

1. Diseñar y proponer la programación de las tareas referidas a la elaboración y formulación del presupuesto anual, coordinando las mismas con las distintas Secretarías que componen el Servicio Administrativo.

2. Administrar todas las actividades de las diferentes Secretarías y Subsecretarías que forman parte de la Jefatura de Gabinete de Ministros para la confección del Presupuesto Anual para garantizar llegar en fecha a la formulación del mismo, y su aprobación final.

3. Intervenir en la evaluación de los informes producidos con motivo del análisis del Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Recursos, de la evolución de la Programación Financiera y de los Movimientos de Gastos, a los efectos de prever ajustes en los créditos y cuotas asignados a la jurisdicción.

4. Mantener permanente contacto con las distintas áreas específicas del MINISTERIO DE ECONOMIA y de otros órganos de aplicación y control en la materia, a fin de coordinar los distintos aspectos que hagan a la gestión presupuestaria, en coordinación con los sectores Contables, de Contrataciones y Tesorería.

5. Mantener actualizadas las informaciones referidas a las leyes anuales del Presupuesto General de la Administración Nacional, Ley Complementaria Permanente de Presupuesto y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

6. Elaborar los informes correspondientes a la evolución del Gasto en relación al Presupuesto como a las transferencias indicando los desvíos por partida con detalle de partida origen y partida destino, elevándolos a la Dirección de Presupuestos, Compras y Contrataciones mensualmente o con la periodicidad que ésta lo solicitare.

7. Garantizar el cumplimento de las leyes vigentes para la elaboración del Proyecto de Presupuesto, como la administración posterior de su cumplimiento.

8. Integrar la información recibida de los sectores sustantivos del Organismo, y elaborar las planillas o registros y emitir los soportes magnéticos correspondientes al Proyecto de Presupuesto.

9. Intervenir en las imputaciones presupuestarias que correspondan por contrataciones y/o afectaciones de gastos y/o recursos, su verificación y control a efectos de su adecuación al presupuesto autorizado por la ley correspondiente.

10. Coordinar con la Dirección de Recursos Humanos la supervisión y control desde el punto de vista presupuestario de la planta de personal vigente por ley de presupuesto, ocupada y vacante, de sus modificaciones, y de su ejecución a través de liquidaciones y órdenes de pago y otros formularios de registro.

COORDINACION DE BIENES Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1. Coordinar la elaboración y desarrollo de los procesos administrativos vinculados con la adquisición de bienes y servicios de la jurisdicción JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2. Brindar información, asesoramiento y apoyo en la gestión del cumplimiento de las diferentes actividades y responsabilidades a todas las áreas intervinientes en cada licitación, asegurando el éxito del proceso licitatorio en tiempo y forma.

3. Analizar y evaluar los distintos requerimientos de las dependencias de la Jurisdicción de acuerdo con sus necesidades.

4. Elaborar informe, con la opinión correspondiente en el caso en que la solicitud de requerimientos de un bien o servicio tenga diferencias de criterio, cantidad, calidad, precio promedio de mercado inferior, respecto del específicamente solicitado bajo similar calidad o cualquier otro tipo de observación que se considere pertinente, con el objeto de analizar y discutir con el área solicitante alternativas de solución intermedias antes de dar comienzo al proceso de licitación.

5. Establecer metas de trabajo para desarrollar en tiempo y forma el Plan Anual de Contrataciones de la Jurisdicción, informando a las Secretarías, Subsecretarías, Dirección de Presupuesto, Compras y Contrataciones, Dirección General Técnico Administrativa y las Delegaciones Administrativas de las mismas, con detalle de los contratos sujetos a licitaciones, fechas de vencimiento y cronogramas de fechas de inicio y finalización de cumplimiento de las actividades necesarias para garantizar dichas metas de trabajo.

6. Coordinar y supervisar el cumplimiento del control y registración de los bienes patrimoniales del organismo, su actualización y aplicación de las normativas que correspondan.

7. Realizar tareas conjuntas con el sector Presupuesto a efectos de que el Plan Anual de Contrataciones se corresponda con los montos y distribución por partidas del Proyecto Anual de Presupuesto.

8. Analizar y evaluar las rendiciones anuales de los bienes muebles e inmuebles.

DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS

COORDINACION DE PERSONAL

ACCIONES:

1. Realizar el proceso de liquidación de haberes del personal de la jurisdicción.

2. Analizar las modificaciones que se lleven a cabo con respecto al sistema de liquidación de haberes de la Dirección de Administración de Recursos Humanos.

3. Coordinar y controlar el proceso de exportación de datos desde el sistema liquidador de haberes hacia el sistema de la Dirección General Impositiva, para la elaboración de la declaración jurada de aportes previsionales.

4. Asistir al Director de Administración de Recursos Humanos en materia de información a suministrar al banco pagador sobre la efectivización de la liquidación de haberes.

5. Actualizar los sistemas de información adecuándolos a las modificaciones a las que sean sometidos los registros de la Dirección de Administración de Recursos Humanos, según las reglamentaciones de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

6. Intervenir en el desarrollo de las políticas tendientes a prever los recursos humanos necesarios, mediante la búsqueda y selección del personal que se ajuste a los requisitos de los perfiles que se requieran para cada puesto.

7. Coordinar la aplicación del sistema de evaluación de desempeño, prestando asistencia técnica a las autoridades intervinientes y al Comité de Evaluación, en el cumplimiento de su cometido en la administración de los resultados del régimen.

8. Elaborar el plan de desarrollo de los recursos humanos según los programas de capacitación.

9. Administrar las ofertas de capacitación de la Administración Pública y los programas de capacitación específica a fin de que mediante la organización de estos últimos, se cubran las necesidades de las distintas áreas de la Jurisdicción.

10. Intervenir en el desarrollo de los concursos que se convoquen para la cobertura de cargos y de Funciones Ejecutivas, sobre la base de los principios vigentes en materia de selección del personal.

COORDINACION DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS

ACCIONES

1. Asistir al Director de Administración de Recursos Humanos en la aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, organización de estructuras y procedimientos de trabajo.

2. Analizar las propuestas tendientes a la distribución de los recursos humanos.

3. Asistir al Director de Administración de Recursos Humanos en las propuestas en materia de elaboración, diseño y tramitación de estructuras organizativas mediante la aplicación de la normativa vigente.

4. Coordinar las tareas para el cumplimiento del sistema de procesamiento de datos relativos a los cargos presupuestarios previstos en la estructura organizativa de la Jurisdicción.

5. Verificar el cumplimiento de las tareas relacionadas con la historia del cargo presupuestario, estableciendo enlace directo con los sectores que corresponda para obtener en la búsqueda del dato, la real carrera del cargo.

6. Coordinar las acciones relacionadas con la confección de los proyectos de Decreto, Decisiones Administrativas, Resoluciones, Resoluciones Conjuntas, Disposiciones, etc. referidas a la administración de los recursos humanos.

7. Verificar y supervisar el cumplimiento de la tarea de actualización de los registros informáticos en materia de adscripciones y asignaciones de destino transitorios.

8. Coordinar las acciones relacionadas con la tramitación de las contrataciones de locación de servicios y obra de acuerdo a la normativa vigente.

DIRECCION DE OPERACIONES, SERVICIOS Y MESA DE ENTRADAS

COORDINACION DE MANTENIMIENTO, SUMINISTROS Y SERVICIOS AUXILIARES

ACCIONES:

1. Entender en la planificación global destinada a la conservación de los bienes muebles de la jurisdicción y de los inmuebles e instalaciones afectados a su uso. Supervisar la ejecución de las tareas de mantenimiento de esos bienes, tanto con carácter preventivo como correctivo.

2. Supervisar desde el punto de vista técnico la realización de los servicios contratados que se relacionen con las actividades del área.

3. Entender en la instalación y mantenimiento de los servicios de electricidad, gas, aguas, etcétera.

4. Entender en las acciones de conservación de los espacios comunes de desplazamiento del edificio (ascensores, escaleras, áreas comunes de circulación).

5. Atender la vigilancia y seguridad del inmueble que es sede de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de los restantes inmuebles donde realizan actividades otras dependencias de la misma.

6. Atender los sistemas preventivos de control de averías e incendios.

7. Asegurar el Suministro de todos los elementos, herramientas, medios de comunicación o necesidades de cualquier índole que sean requeridas como necesarias o imprescindibles para el normal funcionamiento de las áreas de la jurisdicción.

8. Anticipar los requerimientos de las Contrataciones de Servicios Externos y de Tercerizaciones bajo contratos públicos o privados o de compra directa, según corresponda, a través del seguimiento de los mismos, con el tiempo previo necesario y suficiente que garantice el normal desenvolvimiento de la operación de la Jefatura de Gabinete de Ministros sin desabastecimientos y cortes de servicio o merma de los mismos por efecto de demoras en tramitaciones administrativas operativas.

COORDINACION DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO

ACCIONES:

1. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada, en movimiento y egresada de la Jurisdicción.

2. Tramitar toda la documentación que corresponda, elaborando los informes, providencias, notas pertinentes y todo cuanto resulte necesario, conveniente, oportuno y sujeto a las leyes de procedimientos vigentes en relación a la documentación de carácter público que por ésta pasare.

3. Protocolizar los actos administrativos —individuales o conjuntos— emanados del Jefe de Gabinete de Ministros que no requieran refrendo ministerial y los emanados de los Secretarios, Subsecretarios y funcionarios de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros con facultades para resolver.

4. Reproducir, autenticar, distribuir, archivar y custodiar los ejemplares originales de los actos protocolizados, generando los procedimientos alternativos que refuercen los vigentes y obligatorios y capacitando al personal afectado en forma permanente.

5. Tramitar ante los distintos organismos de la Administración Pública la documentación que corresponda, resguardando cualquier posible contingencia legal en términos de plazos y formalidades no cumplimentadas por el organismo que corresponda.

SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

COORDINACION DE COOPERACION INTERNACIONAL

ACCIONES

1. Coordinar todos los asuntos inherentes a la asistencia y cooperación internacional en el campo de la capacitación, investigación y gestión en Administración Pública.

2. Coordinar las relaciones de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA como interlocutor y contraparte de las instituciones extranjeras —gubernamentales o no— vinculadas a la cooperación técnica internacional en el campo de la capacitación de funcionarios y de la investigación sobre temas de Estado y Administración Pública.

3. Colaborar en la organización de seminarios con las distintas agencias de cooperación internacional.

4. Asistir en la formulación de proyectos de estudio, investigación y cooperación técnica acordados en el marco bilateral o multilateral, como así también en la gestión de los recursos internos y externos que resulten necesarios para su concreción.

5. Difundir la oferta de capacitación en el extranjero y de los programas de becas de las agencias de cooperación extranjeras y de los organismos multilaterales.

INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA

DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION

COORDINACION DE ACTIVIDADES DE CAPACITACION

ACCIONES

1. Coordinar con las unidades de capacitación de los organismos públicos, el proceso de acreditación de sus planes institucionales y operativos de capacitación, así como las actividades de capacitación formales y no formales que se desarrollen en su marco según lo previsto por la normativa vigente.

2. Coordinar la gestión de los procesos administrativos de apoyo a la acreditación, desarrollo, monitoreo y certificación de las actividades de capacitación.

3. Coordinar el Sistema de Información Integral sobre las actividades acreditadas en el marco de los Planes Institucionales y Operativos de las jurisdicciones integrantes del Sistema Nacional de Capacitación, proveyendo los datos requeridos por la Red Institucional de Capacitación.

4. Coordinar la gestión de los procesos vinculados al funcionamiento del Registro de Prestadores del Sistema Nacional de Capacitación, así como las actividades de acreditación de competencias técnicas y docentes y de la Comisión de Evaluación.

5. Coordinar el desarrollo de actividades de capacitación no presencial y a distancia mediante recursos telemáticos, y asistir a las unidades de capacitación de la administración pública para su utilización.

6. Asesorar en la preparación de la normativa y elaboración de los procedimientos para el desarrollo y ejecución de los distintos planes de capacitación de los organismos a los efectos de su acreditación, asegurando la satisfacción de estándares en el diseño, la calidad y la pertinencia.

OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DE PERSONAL

COORDINACION DEL SISTEMA DE INFORMACION DE EMPLEO PUBLICO

ACCIONES:

1. Mantener actualizado el Digesto del Servicio Civil, la recopilación de normas, jurisprudencia, doctrina y dictámenes referidos a las relaciones laborales.

2. Apoyar técnica y documentalmente a la realización de los, estudios de antecedentes normativos, nacionales y extranjeros, en apoyo a las actividades de la Oficina Nacional.

3. Confeccionar el Boletín Estadístico del Registro de Personal SINAPA, los Informes Periódicos del Registro Central de Personas Contratadas y el Informe Semestral del Personal Adscripto del Sector Público Nacional.

4. Efectuar los estudios técnico estadísticos en materias de Personal Público.

5. Entender en la materialización del Registro Central de Personal Ley Nº 25.164 con la asistencia técnica e informática de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información.

6. Asegurar las acciones pertinentes al Sistema Estadístico de Información de la Administración Nacional y del Plan General de Estadística para la Administración Nacional.

7. Asistir en la elaboración de la información estadística en materia de personal requerida por las autoridades superiores e intervenir o colaborar en el diseño, ejecución y/o análisis de encuestas, relevamientos censales o estudios pertinentes.

8. Asegurar la adecuada difusión de la información producida por la Oficina Nacional contribuyendo a la mayor transparencia de los temas vinculados con el empleo público así como al asesoramiento del público en estas materias.

9. Supervisar el adecuado cumplimiento de las acciones técnico-administrativas de la Oficina Nacional.

DIRECCION DE LEGISLACION Y RELACIONES LABORALES

COORDINACION DE INTERPRETACION Y ASISTENCIA NORMATIVA

ACCIONES:

1. Proyectar las interpretaciones de las normas jurídicas que rigen las relaciones laborales en el Sector Público Nacional, las que afecten a las contrataciones de personas en dicho ámbito y los dictámenes referidos a recursos administrativos, reclamos y denuncias tramitadas ante el Poder Ejecutivo Nacional en estas materias.

2. Colaborar con el diligenciamiento de requerimientos judiciales que se deriven a la Subsecretaría de la Gestión Pública y en lo referido al régimen de delegación de facultades del PEN, del Jefe de Gabinete de Ministros y de las autoridades jurisdiccionales.

e. 30/1 Nº 437.832 v. 30/1/2004