Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios

TARIFAS

Resolución 5/2004

Programa de Tarifa Social, Distribución a los Municipios de la Concesión y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de los módulos de subsidio por jurisdicción correspondiente al año 2003.

Bs. As., 3/2/2004

VISTO lo actuado, y

CONSIDERANDO:

Que el DIRECTORIO del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS aprobó mediante Resolución ETOSS Nº 2 del 9 de enero de 2002 un "Programa de Tarifa Social" cuyo objetivo primario consiste en establecer un sistema de asistencia a los usuarios con bajos recursos económicos de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales, que se prestan en el ámbito de la Concesión a cargo de AGUAS ARGENTINAS S.A.

Que el Anexo IV de la Resolución ETOSS Nº 2 del 9 de enero de 2002, establece la distribución de módulos entre las jurisdicciones del área de la Concesión para el año 2001.

Que el DIRECTORIO del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS aprobó mediante Resolución ETOSS Nº 13 del 28 de enero de 2002 en su artículo 5 que: "…la distribución de módulos de subsidio por Jurisdicción del Anexo IV de la Resolución 02/02 es válida para el año 2002…".

Que en el período correspondiente al año 2002, la ejecución presupuestaria del Programa de Tarifa Social ha sido de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 85.000).

Que el DIRECTORIO del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS mediante convenio firmado el 13 de septiembre de 2002, entre la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la NACION, el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS de la Provincia de BUENOS AIRES, la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, la Concesionaria AGUAS ARGENTINAS S.A. y el ETOSS, destinó PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000.-) de los fondos del Programa de Tarifa Social para la adquisición de MIL QUINIENTAS (1.500) bombas de extracción y sus accesorios.

Que la revisión de fondos para el Programa de Tarifa Social ha sido de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) para el año 2001 y PESOS CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL ($ 4.176.000.-) para el año 2002.

Que hasta el 31 de diciembre de 2002, se han utilizado PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 2.585.000.-) de los fondos previstos, acumulando un saldo sin utilizar de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL PESOS ($ 3.591.000.-).

Que mediante Resolución ETOSS Nº 112/03 de fecha 29 de septiembre de 2003, el Directorio del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, reglamentó un plan de regularización de deudas anteriores al ingreso como beneficiarios del programa para los usuarios residenciales, que en su Anexo 1, punto 2, inciso 3 dispone: "Refacturación de los vencimientos impagos desde julio de 2001 fecha de inicio del PTS hasta la fecha de ingreso del usuario al PTS, aplicando la misma cantidad de módulos de descuento que se le otorgaron hasta su ingreso al mismo".

Que en virtud de la incidencia en el saldo acumulado al 31 de diciembre de 2002 de la aplicación de la Resolución ETOSS Nº 112/03, corresponde prever un monto aproximado al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del mismo.

Que el actual nivel de ejecución del beneficio amerita para el año 2003 un aumento en la cantidad de módulos asignados a cada jurisdicción para satisfacer la demanda del beneficio que registran las jurisdicciones y el ETOSS.

Que a la previsión para el año 2003 de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL ($ 4.176.000.-) corresponde asignarle un refuerzo de aproximadamente el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del saldo no utilizado al 31 de diciembre de 2002 equivalente a PESOS UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($ 1.795.440.-), constituyendo una previsión total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($ 5.971.440.-), correspondiente a DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DIEZ (248.810) módulos a distribuir entre las jurisdicciones y el ETOSS.

Que resulta conveniente que la distribución de módulos entre las jurisdicciones se realice de acuerdo a la metodología definida y utilizada en el Anexo IV de la Resolución ETOSS Nº 2/02, manteniendo los porcentuales correspondientes a cada jurisdicción y al ETOSS.

Que la COMISION EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE TARIFA SOCIAL y las GERENCIAS DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ECONOMIA DEL SECTOR Y DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.

Que el Directorio del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS se encuentra facultado para el dictado de la presente sobre la base de lo dispuesto en el inciso "J", apartado 3 del Anexo 2 del Acta Acuerdo de la Primera Revisión Quinquenal de fecha 9 de enero de 2001 y en los artículos 17 y 24 inc. k) del Marco Regulatorio aprobado por Decreto PEN Nº 999/92 (B.O. 30-6-92).

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS,

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la distribución de módulos por jurisdicción correspondiente al año 2003, de acuerdo con el listado que, como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Art. 2º — Ratifícanse los beneficios otorgados desde el 1º de enero de 2003 hasta la fecha por las jurisdicciones y el ETOSS, encuadrándose los mismos dentro de los alcances de la presente.

Art. 3º — Regístrese, notifíquese a AGUAS ARGENTINAS S.A., tomen conocimiento las Gerencias y Areas del ETOSS, la Comisión de Usuarios del ETOSS creada por Resolución ETOSS Nº 38/99. Comuníquese a la AUTORIDAD DE APLICACION, al señor JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, a los señores intendentes de los Partidos de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES que conforman el área de la concesión a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION y a la COMISION BICAMERAL DE LA REFORMA DEL ESTADO, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese. — Miguel Saiegh. — Jorge A. Delhon. — Roberto Iglesias. — Carlos M. Vilas.

Aprobada por Acta de Directorio N° 2/04.

ANEXO I

Distribución de los módulos de subsidio por Jurisdicción.

El ETOSS enviará anualmente a los Municipios de la Concesión y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la cantidad de módulos de subsidio disponibles para ese período.

Se detalla a continuación la cantidad de módulos de subsidio correspondientes al año 2003.

JURISDICCION

DISTRIBUCION

 

MODULOS

PORCENTUAL

CAPITAL FEDERAL

44.969

20.1%

VICENTE LOPEZ

9.824

4.4%

SAN ISIDRO

9.597

4.3%

TIGRE

6.743

3.0%

SAN FERNANDO

4.951

2.2%

MORON

9.274

4.1%

ITUZAINGO

297

0.1%

HURLINGHAIM

1.170

0.5%

LA MATANZA

33.075

14.8%

TRES DE FEBRERO

10.799

4.8%

SAN MARTIN

10.900

4.9%

AVELLANEDA

14.083

6.3%

LANUS

18.797

8.4%

LOMAS DE ZAMORA

23.033

10.3%

ALMIRANTE BROWN

8.828

3.9%

EST. ECHEVERRIA

2.415

1.1%

EZEIZA

66

0.03%

QUILMES

15.110

6.7%

TOTAL

223.929

100%

Según lo establecido en la cláusula 8ª del Convenio de Tarifa Social el ETOSS administrará 24.881 módulos correspondientes al 10% de los módulos totales del Programa, los cuales suma 248.810.

Esta administración de los módulos por el ETOSS se hará con la participación de la Comisión de Usuarios del organismo.