RESOLUCION 15/XXII

Uso de puertos que no han puesto en marcha el Sistema de Documentación de Captura de Dissostichus spp.

Especies

austromerluza

Areas

todas

Temporadas

todas

Artes

todos

La Comisión,

Tomando nota de que varios Estados adherentes y Partes no contratantes que no participan en el Sistema de Documentación de Capturas de Dissostichus spp. dispuesto en la Medida de Conservación 10-05, continúan comercializando Dissostichus spp.;

Reconociendo que estos Estados adherentes y Partes no contratantes no participan en los procedimientos de desembarque de Dissostichus spp. con la documentación correspondiente;

exhorta a las Partes contratantes a que,

Cuando estén considerando emitir una licencia1 a un barco para pescar Dissostichus spp. ya sea dentro del Area de la Convención según la Medida de Conservación 10-02, o en alta mar, dispongan como condición de su otorgamiento el desembarque de sus capturas solamente en Estados que estén aplicando plenamente el SDC. También se exhorta a las Partes contratantes que adjunten a la licencia de pesca una lista de todos los Estados adherentes y Partes no contratantes que están aplicando en pleno el Sistema de Documentación de Capturas.

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1 Incluye permisos y autorizaciones.