MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Sustitúyense incisos de artículos de la Ley Nº 19.987.

LEY Nº 21.927

Buenos Aires, 15 de enero de 1979.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTIN SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Sustitúyese en el texto del inciso e) del artículo 9º y del inciso k) del artículo 31 de la Ley número 19.987, la expresión "31 de agosto" por "31 de octubre".

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

Albano E. Harguindeguy.

José A. Martínez de Hoz.