Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

PESCA

Disposición 155/2004

Suspéndese la pesca de la especie vieira patagónica como especie objetivo, en el área correspondiente a la Unidad Norte de Manejo (Bancos Reclutas y MdQ).

Bs. As., 3/3/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0024879/2004 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Federal de Pesca Nº 24.922 modificada por su similar Nº 25.470, el punto 4.5. del Acta Nº 2 de fecha 22 de enero de 2004 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, el Informe Técnico Nº 126 del 23 de diciembre de 2003 del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, y

CONSIDERANDO:

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO ha decidido mediante el Acta Nº 2 de fecha 22 de enero de 2004 "...solicitar a la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.922 que establezca el cierre a la pesca de la Unidad Norte de Manejo de vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) hasta que se cuente con la información científica necesaria para la toma de decisiones en el manejo de esa Unidad (Banco Reclutas y MDQ)", dando cumplimiento a la misma mediante Nota CFP Nº 09 de fecha 22 de enero de 2004.

Que tal decisión se basa en las recomendaciones elaboradas por el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO en su Informe Técnico Nº 126 de fecha 23 de diciembre de 2003.

Que en este sentido resulta aconsejable establecer por tiempo indefinido la prohibición de captura como especie objetivo de la Unidad Norte de Manejo de la especie vieira patagónica (Zygochlamys patagonica).

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 24.922, modificada por su similar Nº 25.470, los Decretos Nros. 214 de fecha 23 de febrero de 1998, 748 de fecha 14 de julio de 1999 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y por la Resolución Nº 27 de fecha 24 de junio de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA

DISPONE:

Artículo 1º — Suspéndase a partir de la fecha de publicación de la presente medida en el Boletín Oficial, la pesca de la especie vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) como especie objetivo, en el área correspondiente a la Unidad Norte de Manejo (Bancos Reclutas y MdQ) descripta en el Anexo de la presente disposición.

Art. 2º — La violación a la medida dispuesta por la presente disposición, hará pasible al infractor de las sanciones previstas en la Ley Nº 24.922, modificada por su similar Nº 25.470.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Gerardo E. Nieto.

ANEXO