Administración Federal de Ingresos Públicos

SISTEMA UNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución General 1655

Sistema Unico de la Seguridad Social (SUSS). Decreto N° 1212/03. Regímenes de retención y percepción a cargo de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA). Resolución General Nº 1580 y su modificatoria. Su modificación.

Bs. As., 16/3/2004

VISTO el Decreto N° 1212, de fecha 19 de mayo de 2003, y la Resolución General N° 1580 y su modificatoria Nº 1632, y

CONSIDERANDO:

Que el citado decreto estableció un procedimiento especial para la cancelación de los aportes y contribuciones con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social (SUSS), correspondientes a los jugadores de fútbol, miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares que atiendan a los planteles que practiquen fútbol profesional en cualquier categoría y al personal dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de los clubes que intervienen en los torneos organizados por dicha asociación, en las divisiones Primera "A", Nacional "B" y Primera "B".

Que por su parte, la Resolución General Nº 1580 y su modificatoria dispuso las formalidades, plazos y demás condiciones que deben observar los sujetos alcanzados por el mencionado procedimiento especial.

Que de acuerdo con la evaluación efectuada de las inquietudes planteadas por la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), cabe posponer el cumplimiento de los requisitos formales vinculados con la regularización de las obligaciones comprendidas, vencidas e impagas al día 30 de junio de 2003, inclusive.

Que dicha medida se toma a efectos de facilitar la adhesión al mencionado procedimiento especial, por parte de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de los clubes que intervienen en los torneos organizados por la referida asociación, en las divisiones Primera "A", Nacional "B" y Primera "B".

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Asesoría Legal y Técnica, de Gestión de la Recaudación de los Recursos de la Seguridad Social, de Informática de la Seguridad Social, de Programas y Normas de Recaudación y de Informática Tributaria.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º del Decreto N° 1212/03 y por el artículo 7º del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Modifícase la Resolución General Nº 1580 y su modificatoria Nº 1632, en la forma que se detalla a continuación:

a) Sustitúyese en el artículo 17, inciso a), la expresión "Hasta el día 15 de marzo de 2004, inclusive," por la expresión "Hasta el día 21 de mayo de 2004, inclusive,".

b) Sustitúyese en el artículo 17, inciso b), la expresión "Hasta el día 15 de marzo de 2004, inclusive:" por la expresión "Hasta el día 21 de mayo de 2004, inclusive:".

Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.