Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD VEGETAL

Resolución 196/2004

Apruébanse formularios destinados a asegurar la trazabilidad de la fruta que se encuentre en el marco del "Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos" con destino a la República Federativa del Brasil, bajo un sistema de mitigación de riesgo por Carpocapsa.

Bs. As., 19/3/2004

VISTO el Expediente Nº 16.148/2003, la Resolución Nº 891 del 20 de diciembre de 2002, ambos del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra en vigencia el "Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo un sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella L.)", aprobado mediante la Resolución Nº 891 del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que transcurrido el período inicial de operación del mencionado Sistema de Mitigación de Riesgo, se hace imprescindible modificar, ampliar y aclarar algunos de sus pasos operativos.

Que dichas modificaciones y/o aclaraciones tienen como objetivo agilizar las distintas etapas del Sistema de Mitigación de Riesgo a fin de, asegurar la trazabilidad de la fruta a exportar.

Que parte de la fruta cosechada en las Unidades Mínimas de Inscripción (UMIs) se deposita en Frigoríficos Comerciales (prestadores de frío); los que deberán declarar la fruta existente en sus cámaras en el marco del precitado Programa.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 del 1º de septiembre de 2003.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébense para la Región Patagónica, los modelos de "Declaración Jurada de Ingreso al Frigorífico Comercial (Prestador de Frío)" y "Declaración Jurada de Egreso de Frigorífico Comercial (Prestador de Frío)" y sus correspondientes Planillas I y II, los cuales constituyen el Anexo que forma parte de la presente resolución, a fin de asegurar la trazabilidad de la fruta que se encuentre en el marco del "Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo un sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella L.)".

(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 685/2004 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 1/10/2004. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial).

Art. 2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

"

(Segundo modelo sustituido por art. 2° de la Resolución N° 685/2004 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 1/10/2004. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial).