Secretaría de Empleo

PROGRAMA JEFES DE HOGAR

Resolución 183/2004

Establécese que serán aplicables al Programa Federal de Solidaridad Habitacional los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución N° 246/2003.

Bs. As., 26/3/2004

VISTO los Decretos Nros. 165 de fecha 22 de enero de 2002 y 565 de fecha 3 de abril de 2002 y N° 1353 de fecha 29 de diciembre de 2003; las Resoluciones M.T.E. y S.S. N° 312 de fecha 16 de abril de 2002 y N° 246 de fecha 16 de octubre de 2003; la Resolución S.E. N° 246 de fecha 22 de octubre de 2003; el Convenio lnterinstitucional para la implementación del PROGRAMA FEDERAL DE SOLIDARIDAD HABITACIONAL de fecha 23 de setiembre de 2003, y el Expediente del Registro del M.T.E. y S.S. N° 1.077413/03, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 565/02 se creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR destinado a jefes o jefas de hogar con hijos de hasta DIECIOCHO (18) años de edad, o discapacitados de cualquier edad, o a hogares donde la jefa de hogar o la cónyuge, concubina o cohabitante del jefe de hogar se hallare en estado de gravidez, todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.

Que por Decreto N° 1353/03 se prorrogó la Emergencia Ocupacional Nacional declarada por el Decreto N° 165/02, y el Programa JEFES DE HOGAR hasta el 31 de diciembre de 2004.

Que, asimismo, el Convenio lnterinstitucional para la implementación del "PROGRAMA FEDERAL DE SOLIDARIDAD HABITACIONAL", establece la obligatoriedad de incorporar temporariamente, con carácter de trabajadores, a un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR en las obras que se ejecuten en el marco del Convenio mencionado.

Que la Resolución M.T.E. y S.S. N° 246/03 ha creado el componente de INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDAS, del PROGRAMA JEFES DE HOGAR, mediante el cual los beneficiarios del mismo podrán ser contratados por empresas privadas adjudicatarias de la construcción de viviendas en el marco del PROGRAMA FEDERAL DE REACTIVACION PARA OBRAS DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAS - SEGUNDA ETAPA y del PROGRAMA FEDERAL DE SOLIDARIDAD HABITACIONAL.

Que la Resolución S.E. N° 246/03 reglamentó el acceso de beneficiarios al componente de INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, la elaboración de su historia laboral y su selección e incorporación a las empresas que ejecuten las obras previstas y el procedimiento concerniente a la participación de los empleadores.

Que resulta necesario reglamentar los mismos aspectos para el PROGRAMA FEDERAL DE SOLIDARIDAD HABITACIONAL.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución M.T.E. y S.S. N° 246/03.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1° — Serán aplicables al PROGRAMA FEDERAL DE SOLIDARIDAD HABITACIONAL los ANEXOS I, II, III, IV y V de la Resolución S.E. N° 246 /03.

Art. 2° — Autorízase a las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL, en representación del Componente de INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, a firmar convenios con los institutos de vivienda de su respectiva jurisdicción, y con las empresas que participen del PROGRAMA FEDERAL DE SOLIDARIDAD HABITACIONAL.

Art. 3° — En la confección de los convenios consignados en los Anexos II y IV del artículo 1° de la presente, deberá tenerse en cuenta que el porcentaje obligatorio de beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR DESOCUPADOS a incorporar en el PROGRAMA FEDERAL DE SOLIDARIDAD HABITACIONAL es del CINCUENTA POR CIENTO (50 %).

Art. 4° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. — Enrique Deibe.