MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución Nº 428/2004

Bs. As., 4/5/2004

VISTO el Expediente N° S01:0292241/2002 del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° de la Resolución de la ex–SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA N° 217 de fecha 24 de agosto de 2001, se creó en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD DE LOS COMBUSTIBLES.

Que en el Artículo 2º de la citada Resolución se estableció que el servicio de inspección sería realizado por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo autárquico entonces en el ámbito de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través del SISTEMA DE CENTRO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO del INTI (SISTEMA INTI), en el marco de los acuerdos en vigencia.

Que la Cláusula 6° del Contrato Nº 265 suscripto el día 30 de noviembre de 2002, como consecuencia de la resolución anteriormente citada, entre la SECRETARIA DE ENERGIA, entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL – CENTRO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN QUIMICA Y PETROQUIMICA (CEQUIPE), establece que la SECRETARIA DE ENERGIA deberá estar presente en cada inspección y que para posibilitar su presencia en las distintas Zonas del país podrá designar personal propio o delegar este cometido en quienes estime oportuno.

Que atento ello resulta conveniente facultar al sector a cuyo cargo se encuentra la verificación del cumplimiento del programa de que se trata, para disponer las altas y bajas del listado así como la actualización del mismo.

Que por los motivos expuestos, corresponde adoptar las medidas necesarias a efectos de no entorpecer el normal funcionamiento del sector y el diligenciamiento en término de los expedientes administrativos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 97 de la Ley N° 17.319, por el Artículo 62 del Decreto N° 2407 de fecha 15 de septiembre de 1983 y por lo dispuesto en los Artículos 12 y 17 del Decreto N° 1212 de fecha 8 de noviembre de 1989.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Desígnase a las personas que se detallan en el Anexo I de la presente resolución para representar a la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS en las inspecciones que se realicen en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD DE LOS COMBUSTIBLES.

ARTICULO 2° — Delégase en la persona del Director Nacional de Refinación y Comercialización de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES, dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA la firma de las altas y bajas, así como la actualización de la nómina del personal del Anexo I, cuando lo considere necesario.

ARTICULO 3° — Notifíquese del dictado del presente acto a las personas designadas en el Anexo I, de acuerdo con lo dispuesto por la reglamentación vigente.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL OMAR CAMERON, Secretario de Energía.

ANEXO I

LISTADO DEL PERSONAL DESIGNADO POR EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) PARA LOS CONTROLES QUE SURGEN DE LAS ACTIVIDADES DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE LOS COMBUSTIBLES

Apellido y Nombre

Matrícula de identificación

AIDAR, Ricardo

4.642.877

AVALO Omar

12.942.220

DOMANICO Ricardo

11.814.539

FANJUL Ernesto

12.466.693

MARTINEZ Jorge

11.293.780

GALARZA Guillermo

25.323.539

MERCERAT Carlos

5.195.539

MONROY Hugo

17.226.131

RZEZNIK Miguel

22.352.667

STRUNC Juan Carlos

11.099.958

VILLA ABRILLE Carlos J.

4.376.689

e. 10/5 N° 446.791 v. 10/5/2004