CONVENIOS

Decisión Administrativa 167/2004

Ratifícase un Convenio de Transferencia suscripto entre la Subsecretaría de Coordinación y Evaluación Presupuestaria de la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Representante Especial para Asuntos de Cooperación Internacional de la Dirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, por una parte, en sus calidades de autoridad de coordinación y autoridad de aplicación, respectivamente, del "Programa de Edificación Social para las Obras de Morón y Resistencia"; la Municipalidad de Hurlingham, por otra parte, y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 29/4/2004

VISTO el Expediente Nş 5183/2002 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Protocolo Ejecutivo de Cooperación Relativo al Programa Extraordinario entre Italia y la Argentina para la realización de un Proyecto Integrado de Edificación Social, suscripto por la REPUBLICA ITALIANA y la REPUBLICA ARGENTINA con fecha 13 de marzo de 1990; el Protocolo Intergubernamental para la Finalización del Programa de Edificación Social en las Obras de MORON y RESISTENCIA, de fecha 20 de diciembre de 1995 y el Decreto Nş 909 del 12 de diciembre de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que por el Protocolo mencionado en primer lugar en el Visto se estableció la decisión del Gobierno Italiano de realizar un Programa Integrado Edilicio de carácter social, para la construcción de viviendas en diversas ciudades de las provincias de BUENOS AIRES, CHACO, CORDOBA, SANTA FE y TUCUMAN.

Que en febrero de 1992 se inició en la localidad de Morón, Provincia de Buenos Aires, la primera de las obras donde debían construirse TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS (396) unidades habitacionales, prosiguiendo en el mes de agosto del mismo año, iniciando en la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, la construcción de TRESCIENTAS (300) viviendas.

Que el acuerdo citado fue reformulado mediante el Protocolo Intergubernamental para la Finalización del Programa de Edificación Social en las Obras de MORON y RESISTENCIA, de fecha 20 de diciembre de 1995, en virtud del cual se redujo el Programa a la ciudad de Resistencia y a la localidad de Hurlingham, entonces integrante del Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires.

Que el Programa no pudo realizarse en la forma prevista suspendiendo la Concesionaria Italiana las obras iniciadas en la localidad de Morón (hoy Hurlingham) y en Resistencia, Provincia del Chaco.

Que mediante Acuerdo Marco suscripto con la Provincia del Chaco el 28 de septiembre de 1999, se transfirió a dicha Provincia la ejecución y terminación de la obra "300 Viviendas en Resistencia".

Que con relación a la construcción de unidades habitacionales en la localidad de Hurlingham, el Intendente de dicho Municipio mediante nota de fecha 5 de agosto de 2002 solicitó la municipalización del Programa a efectos de finalizar el complejo habitacional.

Que la propuesta del referido Municipio prevé que el Protocolo Intergubernamental formará parte del Acuerdo a suscribirse entre las autoridades Nacionales y la Municipalidad.

Que asimismo el Municipio se hará cargo del costo de finalización de las obras conforme los cronogramas que oportunamente se establezcan.

Que también contempla que el Estado Nacional se haga cargo de los derechos y obligaciones hasta el momento de la municipalización.

Que el Municipio de Hurlingham será responsable por la finalización, administración, dirección, supervisión y la venta de las unidades, tomando a su cargo la plena y directa responsabilidad de viviendas a terminar y de la reparación y/o refacción de las viviendas ya entregadas.

Que en cuanto a la venta de las unidades habitacionales, la propuesta del Municipio, contempla que la misma será efectuada por la Comuna preservando el cumplimiento del objetivo social del Programa, previendo asimismo el recupero de la inversión para la finalización de las obras.

Que la Embajada de la REPUBLICA ITALIANA en la República ha prestado conformidad con la propuesta de terminación del Programa de Edificación Social en el sentido precedentemente indicado.

Que, asimismo, la Dirección General de Consejería Legal del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO entendió que se encontraría cumplido el requisito de aprobación previa por la Embajada de la REPUBLICA ITALIANA en la República con respecto a la propuesta formulada por la Municipalidad de Hurlingham, por lo que consideró que se hallaría expedita la vía para la suscripción del acuerdo correspondiente entre el Comité Ejecutivo del Programa Argentino - Italiano de Edificación Social y dicho Municipio.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención materia de su competencia.

Que con fecha 24 de noviembre de 2003 entre la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Representante Especial para Asuntos de Cooperación Internacional de la Dirección General de Cooperación Internacional del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, por una parte, en sus calidades de autoridad de coordinación y autoridad de aplicación, respectivamente, del "PROGRAMA DE EDIFICACION SOCIAL PARA LAS OBRAS DE MORON Y RESISTENCIA"; y la MUNICIPALIDAD DE HURLINGHAM de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES por otra parte, y el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, se suscribió el CONVENIO DE TRANSFERENCIA del tramo de obra denominado Emprendimiento Nş 771 – 246 viviendas e infraestructura en HURLINGHAM (Barrio Italia).

Que el mencionado Convenio de Transferencia fue suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham.

Que mediante el dictado de la presente corresponde ratificar el mencionado Convenio.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades emergentes del artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 7ş del Decreto Nş 977/95.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1ş — Ratifícase el CONVENIO DE TRANSFERENCIA suscripto el día 24 de noviembre de 2003 entre la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Representante Especial para Asuntos de Cooperación Internacional de la Dirección General de Cooperación Internacional del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, por una parte, en sus calidades de autoridad de coordinación y autoridad de aplicación, respectivamente, del "PROGRAMA DE EDIFICACION SOCIAL PARA LAS OBRAS DE MORON Y RESISTENCIA"; la MUNICIPALIDAD DE HURLINGHAM de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES por otra parte, y el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, que como Anexo forma parte integrante de la presente.

Art. 2ş — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Rafael A. Bielsa.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar