Ministerio de Economía y Producción

CONTRATOS DE FIDEICOMISO

Resolución 347/2004

Micro y Pequeña Empresa. Decreto Nº 1118/ 2003. Apruébase el modelo de Contrato de Fideicomiso a ser suscripto por el Estado Nacional, en el marco del Contrato de Préstamo BID 1192/OC-AR.

Bs. As., 12/5/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0044083/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras y los Decretos Nros. 993 de fecha 9 de septiembre de 1999, 1118 de fecha 9 de mayo de 2003 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 993 de fecha 9 de septiembre de 1999, se aprobó el modelo de Contrato de Préstamo con destino al Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa a suscribirse con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de financiamiento de hasta el equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (U$S 100.000.000).

Que el Artículo 5º del Decreto Nº 993/99, estableció que la UNIDAD DE COORDINACION DEL PROGRAMA, que actualmente funciona en la jurisdicción de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, será el Organismo Ejecutor del Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa.

Que con fecha 15 de septiembre de 1999, la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) han firmado el Contrato de Préstamo BID 1192/OCAR, para cooperar en la ejecución del Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa, a través del incremento de la capacidad productiva de las mismas en las actividades de producción, comercialización y prestación de servicios.

Que con fecha 5 de septiembre de 2002, la NACION ARGENTINA a través del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) han firmado una modificación al Contrato de Préstamo BID 1192/OC-AR, con el objeto de utilizar la figura del fideicomiso como medio de otorgar una seguridad jurídica adicional a los recursos del citado Programa.

Que mediante el Artículo 1º del Decreto Nº 1118 de fecha 9 de mayo de 2003, se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a través del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA a constituir un Programa de Fideicomisos con el objeto de utilizar los fondos del Contrato de Préstamo BID 1192/OC-AR, aprobado por el Decreto Nº 993/99.

Que el Artículo 1º del Decreto Nº 1118/03 dispuso que el mencionado Programa de Fideicomiso estará constituido por DOS (2) fideicomisos administrados por entidades financieras autorizadas por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (BCRA) o Sociedades Anónimas Fiduciarias.

Que el Artículo 3º del Decreto Nº 1118/03 aprobó el modelo de Contrato de Fideicomiso a suscribir por el ESTADO NACIONAL.

Que por su parte, el Artículo 4º del Decreto Nº 1118/03 facultó al entonces Ministro de la Producción y/o a quienes éste designe en su reemplazo, a suscribir, en representación del ESTADO NACIONAL, el mencionado Contrato de Fideicomiso.

Que por el Artículo 5º del Decreto Nº 1118/03 se facultó al entonces Ministro de la Producción, a través del Organismo Ejecutor del Programa a convenir y suscribir modificaciones al modelo de Contrato de Fideicomiso aprobado por el Artículo 3º del mismo decreto, siempre que dichas modificaciones no constituyan cambios sustanciales al destino del préstamo.

Que el mencionado modelo de Contrato de Fideicomiso prevé la participación de UNA (1) Entidad Financiera intermedia sujeta a la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras.

Que a efectos de optimizar la operatoria del Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa, la medida que se propicia tiene por objeto que el Contrato de Fideicomiso a suscribir por el ESTADO NACIONAL, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 1118/03, permita la participación de DOS (2) Entidades Financieras sujetas a la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras.

Que en tal sentido, resulta necesario adecuar ciertos preceptos establecidos en el referido Contrato de Fideicomiso y sus Anexos.

Que los ajustes propuestos no constituyen alteraciones sustanciales al destino del préstamo, habida cuenta que las mismas tienen por objeto reglamentar exclusivamente cuestiones operativas del mismo.

Que el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por el Artículo 5º del Decreto Nº 1118 de fecha 9 de mayo de 2003 y el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el modelo de Contrato de Fideicomiso a ser suscripto por el ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, el cual incorpora modificaciones al modelo de Contrato de Fideicomiso aprobado por el Artículo 3º del Decreto Nº 1118 de fecha 9 de mayo de 2003.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar