Dirección Nacional de Migraciones

DELEGACION DE FACULTADES

Disposición 19.454/2004

Deléganse determinadas funciones en el Director de Administración y Recursos Humanos y en el Director de Asuntos Jurídicos. Déjase sin efecto la Disposición Nº 2250/2003.

Bs. As., 18/5/2004

VISTO el Decreto Nº 1410 de fecha 3 de diciembre de 1996, la Ley de Migraciones Nº 25.871, la Disposición Nº 2250 de fecha 22 de octubre de 2003 de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES organismo actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1410/96 se faculta al Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a "proponer al funcionario que lo reemplace en caso de ausencia o imposibilidad temporaria".

Que por Disposición DNM Nº 2250/03 se estableció el modo de reemplazo en caso de ausencia o imposibilidad temporaria del Director Nacional.

Que con el fin de favorecer la operatividad de este Organismo, resulta necesario modificar lo instituido en la Disposición mencionada "ut supra".

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1410 de fecha 3 de diciembre de 1996 y lo estatuido en el Artículo 107 de la Ley Nº 25.871.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

Artículo 1º — DEJESE sin efecto la Disposición Nº 2250 de fecha 22 de octubre de 2003 de esta Dirección Nacional.

Art. 2º — DELEGASE en el Director de Administración y Recursos Humanos la atención y firma del despacho diario, en caso de ausencia temporaria o impedimento del suscripto.

Art. 3º — En ausencia temporaria o impedimento del funcionario designado en el Artículo 2º de la presente Disposición, DELEGANSE dichas funciones en el Director de Asuntos Jurídicos.

Art. 4º — Los actos administrativos que se dicten haciendo uso de estas funciones delegadas, deberán fundarse en la presente Disposición.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo E. Rodríguez.