Comité Federal de Radiodifusión

RADIODIFUSION

Resolución 609/2004

Derógase la Resolución Nº 382/2003, a fin de asegurar la igualdad de oportunidades para las instituciones que soliciten la adscripción al Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica.

Bs. As., 11/5/2004

VISTO, el Expediente Nº 057-COMFER/92, la Resolución Nº 789-COMFER/02 y la Resolución Nº 382-COMFER/03 y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 789-COMFER/02 demostró encontrarse sobradamente motivada, por lo que no correspondía el dictado de un acto administrativo que aclare los términos de la misma.

Que resulta necesario derogar la Resolución Nº 382-COMFER/03, ya que las modificaciones que incorpora se contraponen al objetivo de asegurar la igualdad de oportunidades para las instituciones que soliciten la adscripción al INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA.

Que los establecimientos adscriptos al ISER con anterioridad al dictado de la Resolución Nº 789-COMFER/02 no son alcanzados por la misma, ya que esta favorece el nacimiento de nuevos institutos adscriptos e invita a los anteriores a adecuarse al nuevo convenio de adscripción, pero de ninguna manera los obliga y menos aun afecta la seguridad jurídica de los antiguos institutos.

Que el dictado de las carreras del ISER en todo el territorio de la Nación, sin excepciones, se lleva a cabo a través de instituciones adscriptas que cuenten con reconocida trayectoria y arraigo en la región, por lo cual el establecimiento de nuevas filiales implicaría una contradicción con la normativa vigente.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa dictaminó que "...la Resolución Nº 382-COMFER/03, limitó las facultades de este COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION en cuanto a la supervisión de los fines específicos que debe cumplir ese INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA DE RADIODIFUSION respecto de aquellos esta- blecimientos ubicados en el Gran Buenos Aires, modificación esta que no encuentra sustento legal alguno ni en los hechos, ni en la normativa legal aplicable".

Que la Dirección mencionada "ut supra" dictaminó "En virtud de lo expuesto y de una nueva revisión de los antecedentes obrantes en el expediente de la referencia, es opinión de esta Asesoría Letrada que no existe óbice legal alguno para que se proceda a derogar la Resolución Nº 382-COMFER/03".

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 95 y 98 de la Ley 22.285 apartado a) inciso 2) y artículo 2º del Decreto Nº 131, de fecha 4 de junio de 2003.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

RESUELVE:

Artículo 1º — Derógase la Resolución Nº 0382- COMFER/03.

Art. 2º — Regístrese, Comuníquese, Publíquese, Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y Cumplido Archívese (PERMANENTE). — Julio D. Barbaro.