Administración Federal de Ingresos Públicos

TASA AEROPORTUARIA

Resolución General 1684

Modificación Resolución General AFIP Nº 1265.

Bs. As., 26/5/2004

VISTO, la Resolución General AFIP Nº 1265 relativa a la reglamentación de la Tasa Aeroportuaria por servicios Migratorios y de Aduanas y el Decreto Nº 1409 del 26 de noviembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario definir el calendario de pagos de servicios para el período Enero 2004/ Enero 2005, atento que no fue previsto al tiempo del dictado de la Resolución General AFIP Nº 1265.

Que por la Resolución citada en el VISTO se dejó sin efecto la Resolución General AFIP Nº 947, que facultaba a la Dirección General de Aduanas a efectuar modificaciones al calendario de pagos inherente al régimen establecido por la misma, a propuesta de la Subdirección General de Planificación y Administración.

Que el ANEXO IV de la Resolución General AFIP Nº 947, fijaba el cronograma de pagos por el período Enero 2001/Enero 2002.

Que oportunamente a través de la Dirección General de Aduanas se actualizó dicho calendario para el período Enero 2002/Enero 2003.

Que las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior, de Legal y Técnica Aduanera y de Planificación y Administración han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 9º, inciso 1 h), del Decreto Nº 618/97 y 2º del Decreto Nº 1409/99, procede obrar en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Incorporar a la Resolución General AFIP Nº 1265, el ANEXO IV "CALENDARIO DE PAGOS DE SERVICIOS PARA EL PERIODO ENERO 2004/ENERO 2005".

Art. 2º — Facúltase a la Dirección General de Aduanas, a efectuar modificaciones al Calendario de Pagos inherente al régimen establecido por la Resolución General AFIP Nº 1265, a propuesta de la Subdirección General de Planificación y Administración.

Art. 3º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. — Alberto R. Abad.

ANEXO IV

CALENDARIO DE PAGOS DE SERVICIOS EN EL PERIODO ENERO 2004/ENERO 2005

MES DE SERVICIOS

1º QUINCENA

2º QUINCENA

     

Enero 2004

02/02/2004

16/02/2004

Febrero 2004

01/03/2004

15/03/2004

Marzo 2004

01/04/2004

15/04/2004

Abril 2004

03/05/2004

17/05/2004

Mayo 2004

01/06/2004

15/06/2004

Junio 2004

01/07/2004

15/07/2004

Julio 2004

02/08/2004

16/08/2004

Agosto 2004

01/09/2004

15/09/2004

Septiembre 2004

01/10/2004

15/10/2004

Octubre 2004

01/11/2004

15/11/2004

Noviembre 2004

01/12/2004

15/12/2004

Diciembre 2004

03/01/2005

17/01/2005