PREVENCION DE LA DROGADICCION

Ley 25.895

Modifícase la Ley Nº 23.358.

Sancionada: Mayo 12 de 2004.

Promulgada de Hecho: Junio 1 de 2004.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Agréguese a la Ley 23.358, el artículo 2º bis siguiente: Artículo 2º bis: La Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y de la Lucha contra el Narcotráfico, prestará entera colaboración técnica y trabajará en forma coordinada con los diferentes organismos públicos para el efectivo cumplimiento de la presente ley.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.895 —

EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO E. LOPEZ ARIAS. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.