Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 116/2004
Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691/2000.
Bs. As., 8/6/2004
VISTO el Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.
Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución Nº 353 del 15 de septiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.
Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto Nº 691/2000.
Que las Entidades ASOCIACION MUTUAL DE EX-COMBATIENTES (A.M.E.Co), ASOCIACION MUTUAL UNION FEDERAL, COOPERATIVA "NORTE COOPERATIVA" DE CREDITO Y SERVICIOS LIMITADA Y COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO "INTER" LIMITADA han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.
Que, en virtud de haber incorporado nuevos servicios para sus afiliados, la Entidad FINANRIB COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO, VIVIENDA Y TURISMO LIMITADA ha solicitado la ampliación del código que le fuera otorgado mediante Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 147 del 4 de noviembre de 2003, correspondiendo dar cumplimiento a dicha solicitud dentro del mismo Código de Descuento a efectos de posibilitar a la mencionada institución operar con la totalidad de los servicios habilitados.
Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto Nº 691/2000 y la Resolución S. H. Nº 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el Código de Descuento.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5º del Decreto Nº 691/2000.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo I a la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Mosse.
ANEXO I
DENOMINACION DE LA ENTIDAD |
CODIGO DE DESCUENTO |
FINANRIB COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO VIVIENDA Y TURISMO LIMITADA |
50961 50962 50963 50964 50965 |
ASOCIACION MUTUAL DE EX - COMBATIENTES (A.M.E.Co.) |
12311 12312 12313 12314 12315 |
ASOCIACION MUTUAL UNION FEDERAL |
12321 12322 12323 12324 |
COOPERATIVA "NORTE COOPERATIVA" DE CREDITO Y SERVICIOS LIMITADA |
51211 51212 |
COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO "INTER" LIMITADA |
51221 51222 51223 51225 |