COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Decreto 811/2004

Mantiénese la Intervención del citado organismo descentralizado de la Secretaría de Comunicaciones. Acéptase la renuncia del Interventor y desígnase a su reemplazante.

Bs. As., 23/6/2004

VISTO el Expediente Nº S01: 0137674/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes Nros. 19.798 y 25.561, los Decretos Nros. 731 de fecha 12 de setiembre de 1989, 1185 de fecha 22 de junio de 1990 y sus modificatorios, 521 de fecha 19 de marzo de 2002 y 167 de fecha 5 de junio de 2003, modificado por el similar 189 de fecha 12 de junio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 19.798 se aprobó el Régimen Nacional de Telecomunicaciones.

Que mediante el Decreto Nº 731/89 y sus modificatorios, se fijó la política del Gobierno en materia de privatización y desregulación de las telecomunicaciones.

Que para controlar la correcta aplicación de dicha política, la protección de los usuarios y la plena competencia en el mercado, por el Decreto Nº 1185/90 se creó la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES bajo dependencia directa del Presidente de la República, la que por el Decreto Nº 660 de fecha 24 de junio de 1996 pasó a constituir la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que mediante el Decreto Nº 521/02 se dispuso la intervención de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES por el período de vigencia de la Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario Nº 25.561.

Que por el Decreto 167 del 5/6/03 y por su similar Nº 1223 de fecha 10 de diciembre de 2003, se dispuso prorrogar la intervención del mencionado organismo hasta el 10 de diciembre de 2004.

Que razones funcionales y operativas, determinan la necesidad de continuar con la política de intervención de dicho organismo.

Que el Interventor designado oportunamente ha sido convocado para desempeñarse en otro organismo dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL, por lo cual corresponde dar por finalizadas sus funciones y aceptar su renuncia.

Que corresponde entonces, proceder al nombramiento de Interventor en la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que a tal efecto se considera que la persona propuesta reúne el perfil y los requisitos profesionales idóneos para llevar a cabo la tarea encomendada.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por el Articulo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Mantiénese la Intervención de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, hasta el 10 de diciembre de 2004.

Art. 2º — Acéptase la renuncia del Contador Público D. Fulvio Mario MADARO (M.I. Nº 11.552.164) al cargo de Interventor de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Art. 3º — Desígnase Interventor de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS al Ingeniero Ceferino Alberto NAMUNCURA (M.I. Nº 14.937.378) quien ejercerá, las funciones y facultades conferidas al Presidente y al Directorio del referido Ente, y percibirá la remuneración asignada al Presidente del Directorio.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido.