SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Disposición Gerencial N° 060/061/2004

Bs. As., 1/7/2004

VISTO la Instrucción SAFJP N° 04/2004, la Disposición Gerencial N° 060/007/2004, las actuaciones contenidas en el Expte. N° 2096/04 del Registro de esta Superintendencia, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de la función de contralor que esta Superintendencia tiene sobre el funcionamiento de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones administrados por las AFJP, resulta necesario facilitar a las mismas los instrumentos que le permitan la registración de las operaciones sobre la base de un sistema ordenado, permitiendo la presentación de información contable uniforme a partir de la cual se pueda elaborar información estadística.

Que para ello es necesario elaborar un "Plan de Cuentas" que tenga en consideración la dinámica de las operaciones de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones, su correcta registración y exposición, y un "Manual de Cuentas" al que deberán ajustarse para la aplicación del "Plan de Cuentas" señalado.

Que a los fines de lograr una presentación sistemática, ordenada y actualizada de las disposiciones vigentes, se estima conveniente modificar el actual "Plan de Cuentas" y el "Manual de Cuentas" del Fondo de Jubilaciones y Pensiones conforme las necesidades de registración contable.

Que en virtud de la dinámica de las operaciones de la actividad y de la normativa que esta Superintendencia emita en el futuro, la composición del plan podrá sufrir modificaciones.

Que la presente se emite en ejercicio de las facultades delegadas en el marco de la Instrucción SAFJP N° 04/2004.

Que la Gerencia de Asuntos jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

EL GERENTE DE CONTROL DE ENTIDADES DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

DISPONE:

"PLAN Y MANUAL DE CUENTAS DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES"

ARTICULO 1° — Apruébase el "Plan y el Manual de Cuentas del Fondo de Jubilaciones y Pensiones" que obran en el ANEXO I y ANEXO II respectivamente, que forman parte integrante de la presente Disposición Gerencial.

ARTICULO 2° — Derógase la Disposición Gerencial N° 060/007/2004.

ARTICULO 3° — La presente Disposición Gerencial entrará en vigencia a partir del 1° de julio de 2004.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, notifíquese a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DANIEL E. MARCÓ, Gerente de Control de Entidades.

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NOTA: Esta Disposición Gerencial se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en www.boletinoficial.gov.ar y en www.safjp.gov.ar

e. 5/7 N° 452.274 v. 5/7/2004