MERCOSUR/CCM/ACTA N° 03/04

LXIX REUNION ORDINARIA DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR

Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los días 26 y 28 de mayo de 2004, bajo la PPTA, la LXIX Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.

En la reunión se trataron los siguientes temas:

1. EVALUACION Y APROBACION DE LOS PROGRAMAS DE TRABAJO ANUALES DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR (COMITES TECNICOS) - ART. 9 DEC. CMC N° 59/00

La CCM tomó nota de que todos sus órganos dependientes cuentan con la aprobación de sus respectivos Programas de Trabajo del año 2004.

2. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS

Con respecto a la propuesta de la PPTA de instruir a los CTs sobre la forma de cursar sus requerimientos a la SM (SAT), las Delegaciones coincidieron en que el tema debe ser abordado de modo general en el ámbito del GMC.

La PPTA recordó que el Coordinador Nacional Argentino del GMC circuló unos lineamientos con este mismo objetivo.

2.1. CT N° 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías"

La PPTA, a través del Coordinador del CT, presentó el informe de la reunión realizada entre los días 10 y 14 de mayo de 2004, destacando los avances de los trabajos que se están desarrollando en el ámbito de este Comité.

La CCM aprobó los dos proyectos de normas elevados por el CT, referidos a la modificación del NCM y su correspondiente AEC, consolidando los mismos en el MERCOSUR/LXIX CCM/P. RES. N° 5/ 04 "Modificación de la NCM y su correspondiente AEC"- RESERVADO (ANEXO IV).

Dicho proyecto se eleva al GMC, e incluye las modificaciones arancelarias para separadores de baterías y polvos de aceros aleados.

Asimismo, para los separadores de batería, la CCM aprobó la DIR N° 1/04 "Dictamen de Clasificación Arancelaria en el Marco de la DEC CMC N° 3/03" (ANEXO IV).

2.2. CT N° 2 "Asuntos Aduaneros"

La PPTA, a través del Coordinador del CT, presentó el informe de la reunión realizada entre los días 17 y 21 de mayo de 2004, destacando los avances de los trabajos que se están desarrollando en el ámbito de este Comité.

El Coordinador del CT por la PPTA informó que se ha concluido y aprobado los siguientes proyectos de norma, dejando constancia que los mismos se encuentran en proceso de consultas en el marco del artículo 2 de la Dec. CMC N° 20/02:

- Perfeccionamiento del Régimen de Tránsito Aduanero

- Norma Modificatoria de la Dec. CMC N° 17/94 - Valoración Aduanera

Por otra parte, informó que la próxima reunión será entre el 16 y 18 de junio, oportunidad en que se prevé elevar los proyectos mencionados a la CCM y concretar una reunión conjunta con el Grupo Ad Hoc de Integración Fronteriza el 17 de junio 2004.

La Delegación de Uruguay informó que aprueba los términos de los informes de los Subcomités de "Legislación Aduanera", "Valoración Aduanera" y "Prevención y Lucha contra Ilícitos Aduaneros" anexos a la XXX Reunión Ordinaria del CT, los cuales habían permanecido ad referéndum de dicha Delegación.

Por su parte, la CCM mantiene en consultas, en el marco del artículo 3 de la Dec. CMC N° 20/02, los proyectos de norma sobre Intercambio de Información a través de Sistemas Informáticos-banco de datos y sobre Despacho Aduanero de Mercaderías.

2.2.1. Perfeccionamiento del Régimen de Tránsito Aduanero de Mercaderías Originarias de Terceros Países

El CT N° 2 informó que concluyó la elaboración de la norma sobre informatización del MIC/TIF/ DTA, señalando que la misma será enviada a consultas internas, conforme al artículo 2 de la Dec. CMC N° 20/02 y cuyos resultados serán comunicados a la CCM antes de su próxima Reunión Extraordinaria.

Las delegaciones se comprometieron a remitir el resultado de sus consultas con vistas a la aprobación del proyecto de norma en la próxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

2.2.2. Dec. CMC N° 26/03 - Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros Intrazona

La CCM tomó conocimiento de que el CT N° 2 concluyó la primera de las cinco etapas referidas a los trabajos tendientes a la simplificación y armonización de los procedimientos aduaneros intrazona. En este caso, el documento elaborado define los institutos de importación y exportación definitiva y sus principales características.

Sobre el particular, el Coordinador del CT por parte de la PPT, destacó las dificultades que genera la falta de consenso en cuanto al plazo de reingreso de la mercadería definitivamente exportada y la falta de definición de "territorio aduanero".

La siguiente etapa corresponderá a la definición de los institutos de importación y admisión temporaria para el perfeccionamiento activo, para lo cual la Delegación de Brasil se comprometió a presentar un proyecto en el ámbito del CT.

2.2.3. Intercambio de información a través de los sistemas informáticos de bases de datos

Las Delegaciones de Argentina y Brasil señalaron que están en condiciones de aprobar el proyecto, habiendo completado las consultas previstas en la Dec. CMC N° 20/02.

Las Delegaciones de Paraguay y Uruguay señalaron que aún no han concluido las consultas internas y se comprometieron a remitir el resultado de las mismas con vistas a la aprobación del proyecto de norma en ocasión de la próxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

2.3. CT N° 3 "Normas y Disciplinas Comerciales"

La PPTA, a través de la Coordinación del CT, presentó un informe sobre los trabajos desarrollados en la reunión llevada a cabo entre los días 18 al 21 de mayo de 2004.

2.3.1. Requisito específico de origen para la subpartida 3204.17 - Colorantes pigmentarios y preparaciones a base de estos colorantes

La Delegación de Brasil señaló su concordancia con el requisito específico de origen (REO) planteado por la Delegación de Uruguay para tres productos de la subpartida de referencia.

La Delegación de Argentina reiteró su posición contraria al establecimiento de un requisito específico de origen para esos productos.

La Delegación de Paraguay señaló que coincide técnicamente con la opinión de la Delegación de Argentina.

La Delegación de Uruguay reitera su preocupación para que este tema se resuelva a la brevedad posible, y espera que se pueda aprobar un requisito que permita la reanudación de las corrientes comerciales de este producto.

Este tema se mantiene en la agenda de la CCM.

2.3.2. Modificación del requisito de origen para el ítem NCM 2309.90.90

La CCM aprobó la DIR. N° 2/04 "Modificación de Requisito de Origen" (ANEXO IV), por la cual se exceptúa del requisito específico establecido para el Item NCM 2309.90.90 al producto definido como "premezclas que contengan vitaminas con soporte de sustancias orgánicas nutritivas y/o de sustancias inorgánicas específicamente elaboradas para ser agregadas a la ración animal completa".

En atención a que se encuentra en proceso de protocolización la Dec. CMC N° 1/04, la CCM acordó incorporar en el Anexo del respectivo proyecto de Protocolo Adicional al ACE 18, una nota al pie de página para la referida posición, en los términos indicados en el Artículo 2 de la Directiva N° 2/ 04.

La comunicación prevista en el artículo 4 de la Res. GMC N° 43/03 informando sobre la incorporación de la Dec. CMC N° 1/04 y su correspondiente Protocolo incluirá también información sobre la incorporación de la Directiva N° 2/04.

2.4. CT N° 5 "Defensa de la Competencia"

La PPTA, a través de la Coordinación del CT, presentó un informe sobre los trabajos desarrollados en la reunión llevada a cabo entre los días 17 y 18 de mayo de 2004.

Con relación a la propuesta de procedimientos de impugnación de las resoluciones adoptadas en el marco del Protocolo de Defensa de la Competencia, la CCM —a solicitud del CT N° 5— acordó consultar al SGT N° 2 "Aspectos Institucionales", a través del GMC, en los términos que figuran en el último acta de dicho CT.

La CCM solicitó a la Secretaría del MERCOSUR que, con la asistencia de la PPTA, el Sector de Normativa y Documentación realice el relevamiento correspondiente a los documentos que sobre incentivos y políticas públicas que revistan el carácter de "Ayudas del Estado" se hayan tratado en los diversos foros del MERCOSUR, a fin de ser tomado como antecedente por el CT 5.

La CCM tomó nota que los Estados Partes concluyeron las consultas internas previstas en la Dec. CMC N° 20/02, referidas al "Entendimiento sobre Cooperación entre las Autoridades de Defensa de la Competencia de los Estados Partes del MERCOSUR para la Aplicación de sus Leyes Nacionales de Competencia", aprobando el P. DEC N° 5/04, el cual consta en ANEXO IV - RESERVADO.

2.5. Comité de Defensa Comercial y Salvaguardias (CDCS)

La PPTA, a través de su Coordinadora del Comité, presentó el informe de la Reunión del CDCS celebrada entre los días 17 y 19 de mayo de 2004.

Las delegaciones intercambiaron opiniones sobre las propuestas de metodología de trabajo y las inquietudes planteadas por el CDCS con relación a la incorporación de la normativa que derive de la aplicación de los reglamentos comunes de defensa comercial, así como la dificultad que presentaría la falta de consenso en las distintas etapas que requieren definiciones durante el proceso de la investigación.

La CCM acordó continuar con el tratamiento de este tema en su próxima Reunión.

3. CONSULTAS

3.1 Nuevas Consultas

4. ORIGEN

4.1. Evaluación de los sistemas de certificación de Origen vigentes en el MERCOSUR y en otros acuerdos comerciales

La CCM analizó el informe elevado por el CT N° 3, el cual consta en ANEXO VII (MERCOSUR/ LXIX CCM/DI N° 10/04).

La CCM acordó continuar el tratamiento de este tema en su próxima Reunión Extraordinaria, a efectos de elevar dicho informe al GMC, tal como lo instruyó dicho órgano en su Lll Reunión Ordinaria.

4.2. Análisis de la Viabilidad de la Autocertificación de Origen

La CCM acordó continuar el tratamiento de este tema en su próxima Reunión Ordinaria.

4.3. Régimen de Acumulación de Origen y Circulación de Mercaderías Originarias del MERCOSUR

4.3.1. Reglamentación del Artículo 1° de la Decisión CMC N° 35/03

La CCM aprobó el texto del Proyecto de Directiva N° 1/04 "Régimen de Acumulación Total de Origen Intra-MERCOSUR" (ANEXO Vlll - RESERVADO). Las delegaciones efectuarán las consultas previstas en la Dec. CMC N° 20/02, a efectos de su aprobación en la próxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

4.3.2. Reglamentación del Artículo 2° de la Decisión CMC N° 35/03

La CCM aprobó el texto del Proyecto de Directiva N° 2/04 "Circulación de Mercaderías Originarias" (ANEXO IX - RESERVADO). Las delegaciones efectuarán las consultas previstas en la Dec. CMC N° 20/02, a efectos de su aprobación en la próxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

4.4. DEC. CMC N° 26/03 - Análisis de un mecanismo para implementar la libre circulación para una lista reducida de bienes de indiscutible producción regional

Las delegaciones continuaron el intercambio de opiniones sobre la propuesta presentada por la PPTA.

Sobre la base de las propuestas y comentarios realizados por las delegaciones, se elaboró un documento de trabajo que podría contemplar el establecimiento de listas nacionales, el cual consta en ANEXO X - RESERVADO (MERCOSUR/LXIX CC.M/DT N° 20/04).

Las Delegaciones de Paraguay y Uruguay se comprometieron a remitir sus respectivas listas, con anterioridad a la próxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

4.5. Reglamentación de la Decisión CMC N° 41/03

Las delegaciones continuaron analizando la propuesta presentada por la PPTA en la pasada Reunión.

La Delegación de Paraguay se comprometió a presentar con anterioridad a la próxima Reunión Extraordinaria, un documento sobre la visión de su país con relación a la reglamentación de esta Decisión, a la luz de lo establecido en la Dec. CMC N° 29/03.

La PPTA recordó los plazos impuestos por el GMC a la CCM para concluir esta tarea, por lo que insta a las delegaciones a presentar propuestas concretas que reflejen las respectivas posiciones manifestadas en este ámbito.

5. DEC. CMC N° 26/03 - INTEGRACION DE PROCESOS PRODUCTIVOS - ARTICULO 4 DE LA DEC. CMC N° 35/03

La PPTA realizó una presentación de una nueva versión de su propuesta que consta en ANEXO XI RESERVADO (MERCOSUR/LXVII CCM/DT N° 3/04 Rev. 2), la cual incorpora comentarios efectuados por las delegaciones en la pasada Reunión, efectuándose un valioso intercambio de opiniones.

Las Delegaciones de Argentina y Uruguay manifestaron su preocupación sobre la posición de la Delegación de Brasil, en el sentido de que existirían dificultades para admitir la nacionalización de un producto elaborado al amparo de este régimen, por la dificultad de verificar el cumplimiento efectivo de la última etapa del proceso productivo.

La Delegación de Brasil informó que se encuentra aún analizando este aspecto específico de la propuesta.

Al respecto, las Delegaciones de Argentina y Uruguay señalaron que este proyecto tiene como objetivo permitir el desarrollo de nuevos negocios por parte de los operadores económicos de los Estados Partes, favoreciendo a su integración y resultando una importante herramienta para dar curso a las acciones que deriven de los trabajos en desarrollo en los distintos foros de competitividad. En este contexto, entienden que la eventual limitación planteada por Brasil atentaría contra el objetivo que se pretende impulsar con el dictado de una norma de estas características.

6. DEFENSA COMERCIAL Y DE LA COMPETENCIA

6.1. Dec CMC N° 26/03 - Finalización de los Reglamentos Comunes de Defensa Comercial frente a Terceros Estados

La CCM tomó nota del estado de avance de los trabajos en curso en el CDCS, relativos a los proyectos de reglamentos comunes sobre prácticas desleales de comercio, así como de las preocupaciones planteadas sobre aspectos puntuales del proyecto, indicadas en el Punto 2.5.

6.2. Dec CMC N° 26/03 - Vigencia del Reglamento de Salvaguardias

Las Delegaciones de Argentina y Uruguay informaron que sus respectivos Proyectos de Decreto de incorporación de este Reglamento se encuentran en trámite para su firma.

6.3. Dec CMC N° 26/03 - Definir los mecanismos y condiciones para la eliminación de los instrumentos de defensa comercial intrazona

La Delegación de Uruguay realizó una detallada presentación de su propuesta sobre instrumentos comunes de defensa comercial, el cual consta como ANEXO XII - RESERVADO (MERCOSUR/ LXIX CCM/DT N° 21/04).

Las delegaciones realizaron un valioso intercambio de opiniones sobre el documento, acordando continuar el tratamiento de este tema en la próxima Reunión de la CCM.

La PPTA sugirió que las delegaciones presenten sus comentarios por escrito, con anterioridad a la LXX CCM.

6.4. Dec CMC N° 26/03 - Definir las modificaciones al Protocolo de Defensa de la Competencia

La Delegación de Brasil presentó un documento de trabajo (ANEXO XVII RESERVADO MERCOSUR/LXIX CCM/ DT N° 24/04), con los aspectos del PDC que a su juicio deberían ser contemplados en la modificación de dicho Protocolo. Sin perjuicio de ello, reiteró que concuerda con la lista preliminar presentada por la Delegación de Argentina en la LXVII CCM.

Por su parte, la Delegación de Paraguay informó que analizará dicho documento de trabajo para la próxima Reunión de la CCM.

7. DOBLE COBRO Y DISTRIBUCION DE LA RENTA ADUANERA.

7.1 Dec CMC N° 26/03 - Seguimiento de los trabajos encomendados a la Secretaría del MERCOSUR

Por instrucción de la CCM, se conformó un Grupo de Trabajo al que se le encomendó formular recomendaciones sobre los mejores medios para poder dar cumplimiento al mandato establecido por el CMC (Dec. CMC N° 26/03), teniendo en cuenta el grado de desarrollo alcanzado hasta el momento por la Secretaría del MERCOSUR en sus aportes técnicos (SM/SAT/CE - Informe de Avance N° 1/04).

Dicho Grupo de Trabajo se constituyó con delegados de los cuatro Estados Partes, con la participación de los Consultores Técnicos de la Secretaría, su Director y Asesor Especial.

La CCM recibió por parte de la PPTA el informe de la Reunión, acordándose solicitar a los consultores del SAT la continuidad de sus trabajos sobre la base de los siguientes cursos de acción:

- Proponer un conjunto de escenarios alternativos para el MERCOSUR, que contenga, por lo menos, lo siguiente:

o Diferentes mecanismos que eliminen la multiplicidad del cobro del AEC.

o Posibles consecuencias de la implementación de dichos mecanismos sobre la distribución de la renta aduanera, considerando especialmente la diferencia que existe entre Paraguay y el resto de los Estados Partes, por el carácter mediterráneo de aquel socio.

o Si dichos mecanismos requieren o no de transferencia de fondos entre los Estados Partes.

o Una identificación de las ventajas/desventajas y requisitos que plantee cada escenario, dejando para más adelante el análisis de las implicancias de carácter legal que pudieran generarse en cada uno de los Estados Partes.

- Efectuar un análisis inicial del mecanismo conocido como de "libre práctica" implementado oportunamente por la CEE y su alcance, modalidades y procedimientos de aplicación, con la perspectiva de poder determinar la factibilidad de su utilización en la realidad actual del MERCOSUR, visto las diferencias con el marco institucional y normativo que presentaba la CEE al momento de su puesta en vigencia.

La lista de actividades descriptas debería estar concluida en una fecha tal que posibilite su análisis por parte de la CCM en su próxima Reunión Extraordinaria del 21 de junio de 2004 en Buenos Aires.

8. RES. GMC N° 69/00 "ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO"

8.1. Resinas de Petróleo

A pedido de la Delegación de Argentina, el tema permanece en la agenda de la CCM.

8.2. Papel estucado o cuché ligero (Iwc) de peso inferior o igual a 60 grs.

La CCM consideró el pedido de la Delegación de Argentina, presentada en la pasada CCM, relativo a la autorización para aplicar una reducción arancelaria al 0% por un período de 12 meses para un cupo de 24.000 tn., para el producto de referencia.

La Delegación de Brasil manifestó su dificultad de acceder al pedido, en atención a la existencia de una empresa brasileña que está en condiciones de abastecer la demanda de este producto en la región.

La Delegación de Argentina requirió información acerca de las condiciones que la empresa brasileña tendría para abastecer este producto.

En ese sentido, la Delegación de Brasil presentó información sobre producción y exportación referida al producto en cuestión e informó que se prevé la realización de una reunión interna para un análisis adicional de este pedido.

9. ARANCEL EXTERNO COMUN

9.1. Pedidos de modificación arancelaria

9.1.1. NCM 4007.00.11 Hilos recubiertos de silicona incluso paralelizados

La Delegación de Argentina informó sobre la existencia de producción nacional del producto y circuló entre las delegaciones datos sobre la misma.

La Delegación de Uruguay da su conformidad para la elevación del arancel de este producto. La CCM instruye al CT N° 1 a preparar un proyecto de norma para su consideración en la próxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

9.1.2. NCM 7607.11.20 Folio de Aluminio para fabricación de capacitores

A pedido de la Delegación de Argentina, el tema se mantiene en agenda.

9.1.3. NCM 2924.29.93 Metalaxil y NCM 3808.20.29 A base de metalaxil

Las Delegaciones de Brasil y Paraguay solicitaron, en el ámbito del CT N° 1, información adicional sobre el tema, la cual será suministrada en la próxima Reunión del CT N° 1.

Las delegaciones solicitaron que dicho CT continúe avanzando en el tratamiento de este tema.

9.1.4. Medicamentos

La Delegación de Brasil solicitó postergar el tratamiento de este tema para la próxima Reunión de la CCM, debido a que aún no se han concluido las consultas internas sobre la lista presentada por la Delegación de Argentina. Sin perjuicio de ello, la Delegación de Brasil propone remitir al análisis del CT N° 1 la lista de medicamentos destinados al tratamiento de SIDA y cáncer y tratar luego el resto de los medicamentos.

La Delegación de Brasil presentó observaciones al DT N° 16/04 presentado por la Delegación de Argentina y consta en ANEXO XVI (MERCOSUR/LXIX CCM/DT N° 23/04).

En este sentido, se solicitó a la Delegación de Brasil adelantar, previo a la reunión del CT N° 1, la información técnica necesaria que permita determinar si los principios activos y medicamentos que constan en su lista corresponden a las enfermedades mencionada.

Como resultado de los comentarios efectuados, las delegaciones acordaron remitir al CT N° 1 las listas de medicamentos relacionados con el tratamiento de las enfermedades referidas, a fin de que realice una depuración de las mismas, en el sentido señalado en el párrafo anterior.

En cuanto a la lista nacional preliminar presentada por Argentina en la pasada Reunión de la CCM, dicha Delegación adelantó que, conforme a lo acordado en esta oportunidad, identificará de su lista general los medicamentos destinados al tratamiento de cáncer y de SIDA, con anterioridad a la próxima Reunión del CT N° 1.

Por otra parte, la Delegación de Argentina adelantó que incorporó a la referida lista preliminar los siguientes productos: NCM 2933.99.46 (maleato de enalapril) y NCM 2941.10.20 (amoxicilina y sus sales). La Delegación de Brasil incorporó la NCM 2930.90.49 (amifostina).

La CCM continuará con el tratamiento de las listas de los demás medicamentos en su próxima Reunión.

9.2. Definición de criterios para la presentación de solicitudes de modificación arancelaria

Las delegaciones continuaron analizando la propuesta de Argentina revisada.

Al respecto, las Delegaciones de Brasil y Paraguay señalaron que continúan las consultas internas sobre el tema.

La PPTA recordó que el establecimiento de una norma en este sentido tiende a la definición de parámetros que los operadores deberán tener en cuenta al momento de solicitar modificaciones definitivas al AEC y que su aprobación no supone el establecimiento de criterios para la toma de decisión de los Estados Partes en cuanto a su modificación arancelaria.

Las delegaciones acordaron continuar el tratamiento de este tema en la próxima Reunión de la CCM.

9.3. Lista de Excepciones

9.3.1. Evaluación del Comercio de los Productos en Lista de Excepciones

Las Delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay presentaron oportunamente su información estadística.

Por su parte, la Delegación de Paraguay informó que aún no cuenta con los datos oficiales del año 2003.

Asimismo, la Delegación de Brasil propuso que se considere en este ámbito la temática relativa a las perforaciones al arancel consolidado en la OMC.

9.3.2. Presentación de las Listas de Excepciones vigentes

La Delegación de Paraguay señaló que presentará su lista de excepciones en ocasión de la próxima Reunión de la CCM.

9.4. Emisión de Dictámenes de Clasificación Arancelaria - Proyecto de Directiva

Respecto de la propuesta presentada por la Delegación de Argentina, y teniendo en cuenta que no se ha logrado el consenso necesario para la adopción de una norma de estas características, el tema es retirado de la agenda de la CCM.

10. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE IMPORTACION

10.1. Exención Arancelaria para Medicamentos en Desarrollo y Placebos.

La CCM acordó continuar el tratamiento de este tema en la próxima Reunión.

10.2. Decisión CMC N° 33/03 - Bienes de Informática y Telecomunicaciones

La Delegación de Paraguay informó que ha dictado el Decreto 2545 de fecha 12 de mayo de 2004, por el cual en virtud del artículo 3 de la Dec. CMC N° 33/03 dispone la aplicación de un arancel del 2% para la importación de BIT extrazona. (ANEXO XIV - MERCOSUR/LXIX CCM/DI N° 11/04).

10.2.1. Artículo 5 - Lista de posiciones con arancel 0%

La Delegación de Brasil presentó observaciones a la lista circulada por la Delegación de Argentina que consta en ANEXO XIII - RESERVADO (MERCOSUR/LXIX CCM/DT N° 22/04).

La CCM acordó continuar el tratamiento de este tema en su próxima Reunión.

10.2.2. Artículo 2 - Régimen Común

Las Delegaciones mantienen en análisis la propuesta presentada por la Delegación Argentina sobre régimen común para estos bienes.

La Delegación de Uruguay circuló sus estadísticas sobre importaciones de BITs correspondientes al año 2003. (ANEXO XV - MERCOSUR/LXIX CCM/DI N° 12/04).

La Delegación de Paraguay manifestó la dificultad de presentar en esta reunión sus estadísticas, comprometiéndose a circularlas en ocasión de la próxima Reunión de la CCM.

10.3. Dec. CMC N° 26/03 Identificación de sectores prioritarios

En cumplimiento de los plazos previstos en la Dec. CMC N° 26/03, la CCM acordó informar al GMC que, como resultado de sus consultas internas llevadas a cabo por las delegaciones, no se han identificado sectores prioritarios de interés para el establecimiento de los nuevos regímenes comunes de importación.

Asimismo, se acordó poner en conocimiento del GMC los trabajos en curso en materia del intercambio de información estadística sobre la utilización de los regímenes nacionales de importación y en materia del análisis de los textos legales de dichos regímenes, del cual eventualmente pueda surgir la conveniencia de negociar regímenes comunes para determinados sectores (punto 10.5).

10.4. Régimen Común de Importación de bienes destinados a investigaciones científicas y tecnológicas

La Delegación de Uruguay informó que ya ha dictado un Decreto que incorpora el régimen de referencia, restando su reglamentación.

La Delegación de Paraguay señaló que se encuentra en trámite la incorporación de este instrumento.

Con relación a las autoridades competentes para la aplicación de la presente norma, se informó lo siguiente:

Argentina: Secretaría de Ciencia y Tecnología (SECYT) Brasil: Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Paraguay: Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN).

10.5. Evaluación de los Datos Estadísticos de utilización de los Regímenes Aduaneros Especiales de Importación por parte de los Estados Partes

Una vez que se reciban los datos estadísticos por parte de la Delegación de Paraguay, la CCM encomendará al SAT la realización de un estudio de evaluación de dichas estadísticas, por lo que las demás delegaciones solicitaron a dicha Delegación realizar los mayores esfuerzos para remitir las estadísticas solicitadas a la mayor brevedad posible.

La CCM recibió de la SM un trabajo preliminar elaborado sobre la base de la instrucción impartida en la pasada Reunión (que no forma parte integrante al Acta), que recopila la información relativa al intercambio de los textos legales de los regímenes especiales de importación de cada Estado Parte en el ámbito de la CCM. Dicho informe será completado hasta el mes de septiembre próximo y su presentación será acompañada por un plan de trabajo para proceder al análisis comparativo de los diversos regímenes identificados.

En este contexto se recibió asimismo el documento circulado por Brasil que contiene un cuadro comparativo de estos regímenes, coincidiendo la CCM que el mismo constituye un elemento de base para continuar esta tarea (que no forma parte integrante al Acta).

11. ASPECTOS ADUANEROS.

11.1. Dec. CMC N° 26/03 - Código Aduanero del MERCOSUR

La Delegación de Paraguay señaló que aún no ha finalizado el análisis interno del documento sobre los aspectos conceptuales básicos del CAM, que requieren definiciones por parte del GMC, comprometiéndose a remitir sus comentarios antes de la próxima reunión extraordinaria de la CCM.

Asimismo, la Delegación de Paraguay informó que analizará el documento, a la luz de la reciente finalización de la tramitación parlamentaria de un nuevo Código Aduanero Nacional.

11.2. Tratamiento Aduanero para la circulación en el MERCOSUR de bienes culturales, audiovisuales con fines comerciales.

Las delegaciones informaron que se encuentran analizando internamente el documento. No obstante, coincidieron en señalar que el mismo requeriría su consideración particular para cada uno de los aspectos que forman parte de la propuesta.

La CCM mantiene el tema en agenda.

12. DEC. CMC N° 26/03 - DISCIPLINAS PARA INCENTIVOS

La PPTA presentará una nueva versión de su propuesta.

El tema continuará en agenda.

13. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

La Delegación de Brasil presentó una nueva revisión al documento en tratamiento, el que consta en ANEXO XVIII RESERVADO (MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 9/02 Rev. 6.)

Se retomará el tema en la LXX CCM.

14. PROYECTOS DE COOPERACION

La CCM recibió el informe de los Consultores que realizaron el estudio "Procedimientos sobre Dumping, Subvenciones y Salvaguardias en el MERCOSUR", en el marco del estudio financiado por el BID, que no forma parte integral del Acta, y sobre la base del cual se efectuaron consideraciones por parte de las delegaciones.

15. OTRAS INSTRUCCIONES DEL GMC

15.1. Análisis de la Recomendación N° 20/2003 de la CPC "Arroz- Defensa del Complejo Agroindustrial y Arancel Externo Común"

La PPTA circuló un informe con los antecedentes del tratamiento del tema en el MERCOSUR a efectos de elaborar conjuntamente un proyecto de respuesta al CPC con relación a su Recomendación N° 20/2003, el que consta en ANEXO XIX (MERCOSUR/LXIX CCM/DT N° 25/04).

La CCM continuará con el tratamiento de este tema en su próxima Reunión Extraordinaria.

16. DEC. CMC N° 26/03 - INTEGRACION FRONTERIZA

Las delegaciones acordaron realizar una Reunión conjunta entre el Grupo Ad Hoc sobre Integración Fronteriza y el CT N° 2, en ocasión de la próxima Reunión del CT (16 a 18 de junio 2004) a fin de considerar los temas encomendados a ambos foros por el CMC en la Dec. CMC N° 26/03.

Se continuará tratando este tema, una vez realizada la Reunión conjunta, a fin de evaluar sus resultados.

17. ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR INEXISTENCIA DE PRODUCCION REGIONAL

Las delegaciones analizaron la propuesta circulada por la PPTA en la pasada Reunión de la CCM y se comprometieron a continuar con el tratamiento de este tema en la próxima Reunión de la CCM.

18. OTROS ASUNTOS

18.1. Derechos específicos en Paraguay

Las Delegaciones de Argentina y Brasil expresaron su preocupación sobre la eventual tramitación de una norma del Poder Ejecutivo del Paraguay que dispondría el cobro de derechos específicos equivalentes al 15% sobre el valor FOB de las importaciones de productos lácteos y avícolas procedentes de todo origen, en atención a que la eventual adopción de una norma de estas características sería contraria a la normativa MERCOSUR.

18.2. Resolución GMC N° 1/04 - Fluidos Hidrogenados

La Delegación de Brasil informó que la Resolución GMC N° 01/04 necesita ser modificada antes de su internalización, prevista para el 01/07/04, mediante la corrección de las descripciones de los códigos NCM 2710.11.60 y 2710.19.94, de fluidos hidrogenados.

Considerando que tales incrementos arancelarios ya habían sido aprobados en la LII Reunión del GMC, con la recomendación de que el CT N° 1 simplemente ajuste los códigos al SH-2002, Brasil entiende que el tema debe ser reevaluado por el CT N° 1 en su próxima reunión, para que se eleve a la CCM las descripciones adecuadas. En tal sentido, deben ser retirados de la descripción los parámetros técnicos que excluyen de la elevación del arancel aprobada por el GMC, el contenido aromáticos "inferiores a 0,1 % en peso".

- Próxima Reunión

La CCM acordó realizar una Reunión Extraordinaria, los días 21 y 22 de junio de 2004 en Buenos Aires. La Agenda Tentativa consta en ANEXO XX (MERCOSUR/LXIX CCM/DI N° 13/04).

ANEXOS

Los Anexos que forman parte de la presente Acta son los siguientes:

Anexo I Lista de Participantes

Anexo II Agenda

Anexo III Resumen de Acta

Anexo IV Directivas N° 1/04 y N° 2/04 y RESERVADO P. Dec. N° 5/04 y P.

Res. N° 5/04 que se elevan al GMC

Anexo V Nuevas Consultas

Anexo VI Consulta en Plenario

Anexo VII MERCOSUR/LXIX CCM/ DI N° 10/04 Evaluación del Sistema de Certificación de Origen en el MERCOSUR y en otros Acuerdos Comerciales

Anexo VIII RESERVADO - MERCOSUR/LXIX CCM/ P. DIR N° 1/04 Régimen de Acumulación Total de Origen Intra-MERCOSUR

Anexo IX RESERVADO - MERCOSUR/LXIX CCM/ P. DIR N° 2/04 Circulación de Mercaderías Originarias

Anexo X RESERVADO - MERCOSUR/LXIX CCM/ DT N° 20/04 P. Dec. sobre Productos con Libre Circulación en el MERCOSUR (versión consolidada)

Anexo XI RESERVADO - MERCOSUR/LXVII CCM/ DT N° 3/04 Rev. 2 Proyecto sobre Régimen para la Integración Regional de Procesos Productivos con Utilización de Materiales No Originarios

Anexo XII RESERVADO - MERCOSUR/LXIX CCM/ DT N° 21/04 Proyecto sobre Instrumentos Comunes de Defensa Comercial, presentado por Uruguay

Anexo XIII RESERVADO - MERCOSUR/LXIX CCM/ DT N° 22/04 Observaciones de Brasil a la Lista de Argentina sobre Reducción temporaria a 0% de los aranceles de BIT

Anexo XIV MERCOSUR/LXIX CCM/ DI N° 11/04 Decreto de Paraguay N° 2545 de fecha 12/05/04

Anexo XV MERCOSUR/LXIX CCM/DI N° 12/04 Documento sobre Estadística sobre Importaciones de BIT’s correspondientes al año 2003, presentado por Uruguay

Anexo XVI RESERVADO MERCOSUR/LXIX CCM/ DT N° 23/04 Observaciones de Brasil al DT N° 16/04 presentado por Argentina.

Anexo XVII RESERVADO MERCOSUR/LXIX CCM/ DT N° 24/04 Revisión del Protocolo de Defensa de la Competencia, presentado por Brasil

Anexo XVIII RESERVADO MERCOSUR/XLVI GMC/ DT N° 9/02 Rev. 6 P. Dec. Procedimientos Administrativos requeridos para las Importaciones

Anexo XIX MERCOSUR/LXIX CCM/ DT N° 25/04 - Análisis de la Recomendación CPC N° 20/03 sobre Arroz

Anexo XX MERCOSUR/LXIX CCM/ DI N° 13/04 Agenda tentativa de la próxima Reunión Extraordinaria