Secretaría de Transporte

BELGRANO CARGAS

Resolución 489/2004

Prorrógase la fecha de finalización del período de consulta para el proceso de readecuación accionaria de la citada Sociedad Anónima, establecida en el Artículo 2º inciso e) de la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 430/2004.

Bs. As., 15/7/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0139962/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 24 de fecha 8 de enero de 2004, la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 322 de fecha 22 de junio de 2004 y la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 430 de fecha 2 de julio de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 2º del Decreto Nº 24 del 8 de enero de 2004, se instruyó al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para que a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, establezca los criterios para determinar los requisitos que deberán cumplir los interesados en participar en el proceso de readecuación empresaria de la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que por Resolución Nº 322 de fecha 26 de junio de 2004 el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS instruyó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE, la implementación de un mecanismo de consulta que permita conocer la opinión de potenciales interesados en adquirir mediante la suscripción de acciones hasta el SETENTA Y NUEVE POR CIENTO (79 %) del Capital Social del BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que por el Artículo 2º de la Resolución Nº 322/2004 se creó el CONSEJO CONSULTIVO INTERJURISDICCIONAL conformado por representantes de las Provincias que conforman la traza del FERROCARRIL BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que por el Artículo 3º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE Nº 430 de fecha 2 de julio de 2004 se convocó a los representantes de las Provincias que conforman la traza del ferrocarril BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA a la primera reunión del CONSEJO CONSULTIVO INTERJURISDICCIONAL para el día 14 de julio de 2004.

Que en la reunión mencionada en el párrafo precedente el CONSEJO CONSULTIVO INTERJURISDICCIONAL solicitó se prorrogue el período de consulta hasta el día 23 de julio de 2004.

Que en virtud de lo solicitado por los representantes de las provincias en la reunión del 14 de julio de 2004, la SECRETARIA DE TRANSPORTE considera razonable prorrogar la fecha de finalización del período de consulta establecida en el inciso e) del Artículo 2º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE Nº 430/2004.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2º del Decreto Nº 24 de fecha 8 de enero de 2004, el Artículo 3º de la Resolución Nº 322 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 22 de junio de 2004 y por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase la fecha de finalización del período de consulta para el proceso de readecuación accionaria de la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, establecida en el Artículo 2º inciso e) de la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 430 de fecha 2 de julio de 2004, hasta el día 23 de julio de 2004 a las DIECIOCHO HORAS (18:00 hs.).

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Raúl Jaime.