AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Nº 7/99

Bs. As., 3/2/99

VISTO la Ley Nº 24.804, lo actuado por la Unidad Planificación y Prospectiva, la Subgerencia de Asuntos Jurídicos y la Secretaría General, y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley asigna competencia federal a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR en la función de regulación y fiscalización de la actividad nuclear en todo lo referente a seguridad radiológica y nuclear, protección física y salvaguardias internacionales.

Que resulta conveniente la presencia directa y permanente de la institución en ciertas áreas geográficas del interior del país, reforzando así el sentido federal de su rol regulatorio.

Que para ello es necesario establecer Delegaciones Regionales de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, que permitirán agilizar inspecciones y evaluaciones programadas en la zona y facilitarán, por una parte, una más pronta actuación toda vez que sea necesario en los temas de su competencia y, por otra, una interacción más ágil y directa con autoridades provinciales o municipales y demás organizaciones que correspondan al accionar institucional.

Que las Delegaciones Regionales contribuirán a que las personas físicas o jurídicas localizadas en las correspondientes áreas geográficas de influencia y que sean solicitantes o poseedoras de permisos, autorizaciones o licencias que expide la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, vean facilitada su interacción directa con la institución.

Que las citadas Delegaciones Regionales deberán mantener una adecuada comunicación con los sectores y autoridades que corresponda de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.

Que el perfil de los funcionarios que se seleccionen para integrar tales Delegaciones, así como el del eventual personal local de apoyo, deberá ser apropiado, acorde con las funciones a desarrollar y con el objetivo institucional.

Que todo ello redundará en una mejor eficiencia, eficacia y economía.

Que en la región sur del país se encuentran ubicadas diversas instalaciones de importancia desde el punto de vista regulatorio, las que hacen oportuno localizar allí la primera de las mencionadas Delegaciones Regionales.

Que San Carlos de Bariloche resulta la ciudad más conveniente para ubicar la Delegación Regional Sur, con jurisdicción en las Provincias de Río Negro, del Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

Que por los Artículos 15 y 22 inciso e) de la Ley Nº 24.804 — Ley Nacional de la Actividad Nuclear — el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR está facultado para la emisión del presente acto.

Por ello, en su reunión del día 21 de enero de 1999 (Acta Nº 2)

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIO:

Artículo 1º — Crear la DELEGACION REGIONAL SUR, con sede en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Art. 2º — La citada Delegación dependerá funcionalmente de la Presidencia del Directorio e iniciará su actividad, una vez que se concluya con las acciones administrativas, presupuestarias, de personal y funcionales necesarias para su operatividad.

Art. 3º — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL, publíquese en el Boletín de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Lic. EDUARDO D’AMATO, Presidente del Directorio.

e. 17/2 Nº 266.480 v. 17/2/99