Consejo Federal Pesquero

PESCA

Resolución 13/2004

Establécese la Captura Máxima Permisible de la especie merluza negra para el año 2004.

Bs. As., 29/7/2004

VISTO lo dispuesto por el inciso c) del artículo 9º de la Ley Nº 24.922 y,

CONSIDERANDO:

Que a los fines de la conservación, protección y administración de los recursos vivos marítimos debe establecerse anualmente la Captura Máxima Permisible para las distintas especies de conformidad con lo establecido en los artículos 9º inciso c) y 18 de la Ley Nº 24.922, a fin de evitar excesos de explotación y asegurar su conservación a largo plazo.

Que el Informe Técnico Nº 13/2004, relativo a la biomasa de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides), el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) señala una declinación en la abundancia de la biomasa total y de la biomasa reproductiva de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides).

Que el Informe Técnico Nº 65/2004, relativo a la estimación de abundancia y el potencial pesquero de merluza negra (Dissostichus eleginoides) señala que los "reclutamientos anuales estimados no habrían soportado los niveles de extracción a los que ha sido sometido el recurso.

Que para la determinación de la Captura Máxima Permisible resulta conveniente optar por la que más se acerca a conciliar las necesidades de conservación del recurso con el sostenimiento de la actividad de las empresas del sector.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO se encuentra facultado para el dictado de la presente de acuerdo a lo dispuesto por el inciso c) del artículo 9º de la Ley Nº 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer la Captura Máxima Permisible de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides), para el año 2004, en DOS MIL DOSCIENTAS CINCUENTA (2250) toneladas.

Art. 2º— La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Héctor M. Santos. — Carlos A. Cantu. — Oscar A. Fortunato. — Oscar H. Padín. — Alberto L. Daverede. — Liliana Scioli. — Jorge A. Lechman. — Raúl González.