MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Resolución Nş 30.034 DEL 05 AGO 2004

EXPEDIENTE Nş 35.262 - TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS

Síntesis:

VISTO ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS

RESUELVE

ARTICULO 1ş — Las Sociedades de Seguros Mutuos que operan en forma exclusiva en las coberturas derivadas del Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Remitir datos del responsable interno y un suplente en materia de prevención de siniestros: nombre y apellido, dirección de correo electrónico y teléfono, dentro del plazo máximo de 15 (QUINCE) días.

b) Colectar la información prevista en el Anexo I de la presente y remitirla a este Organismo dentro del plazo máximo de 120 (CIENTO VEINTE) días.

c) Presentar un plan en materia de prevención de siniestros que alcance a asegurados que representen al menos un diez por ciento del total de unidades aseguradas, dentro de un plazo máximo de 120 (CIENTO VEINTE) días.

d) Presentar dentro de un plazo máximo de 30 (TREINTA) días un modelo de reporte e investigación de siniestros con datos mínimos uniformes. En una primera etapa, la recolección y envío de esta información sólo será obligatoria para los accidentes en los que haya sucedido alguna muerte (incluyendo conductores) en el momento del accidente y hasta 30 (TREINTA) días con posterioridad a la ocurrencia del mismo, como consecuencia de las lesiones recibidas.

ARTICULO 2ş — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo. por: CLAUDIO O. MORONI, Superintendente de Seguros.

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NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P. B. Capital Federal.

NOTA: El anexo de la presente Resolución puede consultarse en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar o en el stand de atención al público del organismo sito en Av. Julio A Roca 721. P.B. Capital Federal, o en nuestra página Web: www.ssn.gov.ar

e. 11/8 Nş 455.059 v. 11/8/2004