YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO

Decreto 1089/2004

Desígnase Presidente del Directorio del citado organismo, actuante en la órbita de la Secretaría de Minería del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Bs. As., 24/8/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0183268/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 14.771, sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el Artículo 6º de la Ley citada en el Visto, es competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL efectuar la designación del Presidente del Directorio de YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO, el que durará CUATRO (4) años en sus funciones pudiendo ser reelegible.

Que la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha propuesto la designación del actual Presidente, Doctor Manuel César BENITEZ, para que cumpla un nuevo período de ley.

Que en ese orden de ideas, cabe destacar que el Doctor Manuel César BENITEZ ha reordenado exitosamente la empresa en cuestión, empleando los controles necesarios para una gestión transparente.

Que asimismo se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4/02 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, según lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 14.771 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase Presidente del Directorio de YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO organismo actuante en la órbita de la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por un nuevo período de la ley, al Doctor Manuel César BENITEZ (D.N.I. Nº 12.153.672).

Art. 2º — El gasto que demande el desempeño de las funciones del Presidente, será solventado por YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido.