ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS

Ley N° 24.075

Desaféctanse del servicio público inmuebles y muebles situados en el Municipio de la ciudad de Rosario.

Sancionada: Mayo 20 de 1992.

Promulgada de Hecho: Junio 15 de 1992.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Desaféctase del servicio público al cual están destinados por la Administración General de Puertos, empresa del Estado, los inmuebles y muebles de propiedad del Estado Nacional, situados en el municipio de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, según el detalle de los límites: río Paraná; zona franca en uso de la República de Bolivia; línea municipal sobre avenida Belgrano; y sobre la calle 101 (ex vías del Ferrocarril General Bartolomé Mitre entra Avenida aelgrano y calle Sarmiento); Misión del Marinero; tierras municipales en correspondencia con prolongación de calle Salta y por último, área ya cedida a la Municipalidad de Rosario, según ley 23.175/85 para construcción del Complejo Cultural Parque de España, cerrando con el río Paraná (sector I). Se exceptúa las superficies de tierra ocupadas por Prefectura Naval Argentina, Administración Puerto Rosario, Capitanía de Puerto y Estación Fluvial de Rosario.

ARTICULO 2° — El Estado Nacional cede con destino a la ampliación del Parque Nacional a la Bandera, a título gratuito, a la Municipalidad de Rosario, provincia de Santa Fe, las tierras y muelles descriptos en el artículo 1° de la presente.

ARTICULO 3° — El Estado Nacional transferirá a título gratuito a la Municipalidad de Rosario, provincia de Santa Fe, el dominio, posesión y derechos y acciones de las fracciones indicadas, una vez confeccionado y debidamente inscripto el respectivo plano, según la descripción de límites detallada en el artículo 1° de la presente.

Los planos de la mensura serán realizados por la Municipalidad de Rosario.

ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.