MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

Resolución Nº 88/2004

Mar del Plata, 27/9/2004

VISTO el Expediente Nº 631/2004 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, el Decreto Nº 1063 de fecha 17 de agosto de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1063/04 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

Que el artículo 2º del precitado texto legal estableció la obligación por parte de este Instituto de presentar una propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores correspondientes a las aprobadas por el referido Decreto Nº 1063/04.

Que en consecuencia corresponde aprobar la estructura organizativa de la DIRECCION DE ADMINISTRACION dependiente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores de la DIRECCION DE ADMINISTRACION, dependientes del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, de acuerdo con el Organigrama, Acciones y Dotación de personal de Planta Permanente, que como Anexos I, II, III forman parte de la presente resolución.

ARTICULO 2º — El gasto que demande la implementación de la presente medida será atendido con cargo al Inciso I – Gastos en Personal – Entidad 607 de la Jurisdicción 50.00 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. LUIS MIGUEL BARLETTA, Director, INIDEP.

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

ANEXO I

ORGANIGRAMA DIRECCION DE ADMINISTRACION

ANEXO II

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD, FINANZAS Y PRESUPUESTO

ACCIONES

1. Efectuar la registración de las distintas etapas presupuestarias de los gastos y recursos.

2. Efectuar el control presupuestario de fondos, entendiendo en el manejo y control de las cuentas bancarias y valores.

3. Realizar las liquidaciones de proveedores y viáticos, confeccionando las Ordenes de Pago que correspondieren.

4. Participar en la verificación periódica de los registros remitidos por la Contaduría General de la Nación.

5. Realizar la cuenta de Inversión Anual, confeccionando los Cuadros, Anexos y Estados que correspondan presentar en tiempo y forma.

6. Entender en la custodia de fondos y valores, registrando sus movimientos.

7. Realizar los actos correspondientes para recaudar los fondos atribuidos al Organismo y efectuar los pagos, transferencias y depósitos que hayan sido dispuesto.

8. Realizar la liquidación de remuneraciones del personal de acuerdo a las leyes laborales vigentes.

9. Entender en el registro de los bienes patrimoniales del Instituto y realizar recuentos físicos periódicos.

10. Efectuar la contabilidad patrimonial y emitir los cargos patrimoniales a los funcionarios responsables de los bienes asignados.

11. Entender en el movimiento de las existencias de Bienes de Consumo, excluyendo el área de buques de investigación.

12. Participar en la elaboración de los informes periódicos atinentes a los fondos de terceros que posea el Organismo, con o sin afectación presupuestaria.

13. Entender en la aplicación de las normas vigentes en materia de retenciones impositivas, laborales y/o legales.

14. Participar en la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto en función de los requerimientos del Organismo.

15. Realizar la programación de la ejecución física y financiera, y efectuar el control de la evolución presupuestaria.

16. Participar en la elaboración de las rendiciones de cuentas que sean requeridas por los Organismos de Contralor.

DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y SERVICIOS

ACCIONES

1. Efectuar la preparación de la documentación para el llamado a licitación y concurso de precios.

2. Intervenir en la apertura de licitaciones.

3. Atender las gestiones inherentes a las compras directas.

4. Asesorar administrativamente a la Comisión de Preadjudicaciones.

5. Entender en todo lo concerniente a la importación de los elementos adquiridos en el exterior.

6. Coordinar con las distintas dependencias del Instituto las necesidades de bienes y/o servicios a fin de programar las adquisiciones de acuerdo a la reglamentación vigente en la materia.

7. Confeccionar y actualizar el registro de proveedores del Instituto.

8. Ejecutar las tramitaciones relacionadas con la venta de excedentes de captura científica de productos ictícolas.

9. Efectuar la recepción de los bienes útiles y elementos del Organismo.

10. Realizar todo lo relacionado con el transporte terrestre de personal y material.

11. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de la flota automotor.

12. Fiscalizar el uso de automotores y el consumo de combustibles y lubricantes correspondientes.

13. Entender en todo lo relacionado al aseguramiento de los vehículos, flota naval y edificios.

14. Controlar la prestación de servicio de limpieza, atención al personal y los de vigilancia y seguridad.

15. Asegurar y controlar los servicios de comunicaciones interiores y exteriores.

16. Administrar los servicios de albañilería, plomería, pintura, electricidad, refrigeración, calefacción y jardinería, propios y/o de terceros.

17. Hacer cumplir las normas que rigen el plan de lucha contra incendios y de seguridad industrial.

18. Administrar la prestación de servicios de mantenimiento de equipos electrónicos, electromecánicos, hidroacústicos y ópticos.

ANEXO III

PLANTA PERMANENTE

JURISDICCION: MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

ENTIDAD: INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

PROGRAMA PRESUPUESTARIO: 16 CONDUCCION DE LA INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

ESCALAFON: SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA DECRETO Nº 993/91

NIVELES ESCALAFONARIOS

ACTIVIDAD PRESUPUESTARIO.

DESCRIP.DE LA ACTIVIDAD

UNIDAD ORGANIZATIVA

NIVEL A

NIVEL B

NIVEL C

NIVEL D

NIVEL E

NIVEL F

SUBTOTAL

01

 

DIRECCION DE ADMINISTRACION

-

1

-

-

1

-

2

01

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD, FINANZAS Y PRESUPUESTO

DIRECCION DE ADMINISTRACION

-

-

3

3

3

-

9

01

 

 

 

 

TOTAL

DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y SERVICIOS

DIRECCION DE ADMINISTRACION

-

-

1

2

7

1

11

 

 

-

1

4

5

11

1

22

e. 7/10 Nº 460.271 v. 7/10/2004