MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Resolución N° 30.153/2004

Bs. As., 4/10/2004

VISTO las Resoluciones N° 26.041, de fecha 10 de julio de 1998, y N° 26.067, de fecha 22 de julio de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 26.041, de fecha 10.07.1998, se creó un Registro Permanente de Auditores Externos (RePAE) para asistir a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION en la realización de tareas de auditoría a las entidades aseguradoras, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas que regulan la actividad, así como también para realizar estudios de mercado.

Que asimismo por Resolución N° 26.067, de fecha 22.07.1998, se integró la Comisión de Calificación creada en el artículo 7° del Anexo I de la citada resolución.

Que no obstante el tiempo transcurrido, hasta la fecha no se ha procedido a la implementación de lo reglado en dichas disposiciones, ya que ello no resultó un instrumento necesario y hábil para el fin que motivó su creación.

Que en consecuencia resulta procedente en esta instancia dejar sin efecto ambas Resoluciones.

Que han producido informes las Gerencias de Control, Técnica y Jurídica.

Que el artículo 67 de la Ley 20.091 confiere atribuciones a este Organismo para el dictado de la presente Resolución.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Dejar sin efecto las Resoluciones N° 26.041, de fecha 10 de julio de 1998, y N° 26.067, de fecha 22 de julio de 1998.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — CLAUDIO O. MORONI, Superintendente de Seguros.

e. 12/10 N° 460.674 v. 12/10/2004