Ministerio de Economía y Producción

INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS

Resolución 675/2004

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2004 del Instituto Nacional de Reaseguros Sociedad del Estado (en liquidación).

Bs. As., 8/10/2004,

VISTO el Expediente Nº 2204/2003-2 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación) dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación) dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que se encuentra incluido en el cumplimiento de las previsiones de la normativa citada precedentemente el ente citado en el primer párrafo.

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo del mencionado ente en liquidación para el Ejercicio 2004.

Que obra en el expediente del Visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y el Decreto Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 7.412.399.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 7.412.399.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3º — Estímanse en la suma de PESOS TRES MILLONES CUARENTA MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 3.040.760.-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 99.312.433.-) los gastos corrientes, y apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES ($ 96.271.673.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4º — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 152.500.-), los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2004 en PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO SETENTA Y TRES ($ 96.424.173.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

––––––––––––––––

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar