Decreto  37950/1948   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
13-dic-1948

SEGURO COLECTIVO OBLIGATORIO DE VIDA

SEGURO COLECTIVO DE LA LEY NUMERO 13003 - PRIMAS

Publicada en el Boletín Oficial del 18-dic-1948    Número: 16233    Página: 1


Resumen:
LAS PRIMAS CORRESPONDIENTES AL SEGURO COLECTIVO DE LA LEY NUMERO 13003 SE ABONARAN ANUALMENTE POR ADELANTADO, DEDUCIENDOSE EL APORTE DEL EMPLEADO DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO. ESTA DISPOSICION SE APLICARA POR PRIMERA VEZ AL ABONARSE EL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO CORRESPONDIENTE AL AÑO 1948



Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).


Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.