Ley
26551
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
18-nov-2009
Publicada en el Boletín Oficial del 27-nov-2009 Número: 31790 Página: 4
Resumen:
SUSTITUYESE EL ARTICULO 109, 110, 111, 113 Y 117 DEL CODIGO PENAL DE LA NACION. DEROGASE EL ARTICULO 112 DEL CODIGO PENAL DE LA NACION.
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