Ley
24622
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
27-dic-1995
Publicada en el Boletín Oficial del 18-ene-1996 Número: 28314 Página: 6
Resumen:
DETERMINASE QUE ESTAN OBLIGATORIAMENTE COMPRENDIDOS EN EL SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES, LOS JUGADORES DE FUTBOL, MIEMBROS DE LOS CUERPOS MEDICOS, TECNICOS Y AUXILIARES DE LAS ENTIDADES QUE PRACTIQUEN FUTBOL PROFESIONAL, DE LOS TORNEOS ORGANIZADOS POR LA ASOCIACION DE FUTBOL ARGENTINO.
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