Resolución  12/1997   ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
21-ago-1997

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

AUTONOMOS - PROCEDMIENTO DE DD. JJ. DE SALUD

Publicada en el Boletín Oficial del 27-ago-1997    Número: 28717    Página: 2


Resumen:
ESTABLECESE EL PROCEDIMIENTO QUE DEBERAN OBSERVAR LA ANSES, LA AFIP, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES Y LAS COMISIONES MEDICAS, A LOS FINES DE DAR CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO POR EL ART. 2º DE DEC. Nº 300/97 (RES. CONJ. SAFJP Nº 428/97, AFIP Nº 12/97 Y ANSES Nº 766/97)



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