Resolución E
83/2017
AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO
21-abr-2017
Publicada en el Boletín Oficial del 26-abr-2017 Número: 33612 Página: 5
Resumen:
ESTABLECESE QUE LA TOTALIDAD DE LOS INGRESOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 15 DEL DECRETO N° 1.382/12, MODIFICADO POR EL ARTICULO 57 DE LA LEY N° 27.341, PROVENIENTES DE LA ENAJENACION, TRANSFERENCIA, LOCACION, CONCESION DE USO, PERMISO DE USO O CUALQUIER OTRA FIGURA QUE IMPLIQUE LA CESION DEL DOMINIO, POSESION, TENENCIA, USO, GOCE O EXPLOTACION DE INMUEBLES ESTATALES, DEBERAN SER DEPOSITADOS EN UN CIEN POR CIENTO (100%) EN LA CUENTA RECAUDADORA DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO HABILITADA EN EL BANCO DE LA NACION ARGENTINA.
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