Disposición  847/2000   SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Y PROMOCION DE
05-may-2000

DISCAPACITADOS

FRANQUICIAS - REQUISITO DE CERTIFICACION PREVIA -

Publicada en el Boletín Oficial del 17-may-2000    Número: 29400    Página: 11


Resumen:
A PARTIR DEL DICTADO DE LA PRESENTE SOLO SE DARA CURSO A LAS SOLICITUDES DE FRANQUICIAS ESTABLECIDAS EN LA LEY NRO. 19.279 QUE CONTENGAN LA CERTIFICACION DE LA DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO MINERIA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION, DE QUE EL VEHICULO POR EL QUE SE REQUIERE EL BENEFICIO, SEA ESTE DE FABRICACION NACIONAL O IMPORTADO, CUMPLE CON LO PRESCRIPTO EN A LEY NRO. 24.449 EN LO ATINENTE A LA LICENCIA PARA CONFIGURACION DE MODELO, POR TRATARSE DE UN VEHICULO IDENTICO A OTRO AL QUE YA LE HA SIDO OTORGADA LA REFERIDA LICENCIA.



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