Resolución C
9/2011
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)
01-mar-2011
Publicada en el Boletín Oficial del 10-mar-2011 Número: 32107 Página: 27
Resumen:
DEFINASE COMO VINOS LIVIANOS O VINOS COSECHA TEMPRANA A AQUELLOS CUYO CONTENIDO ALCOHOLICO SE SITUE ENTRE CINCO POR CIENTO VOLUMEN SOBRE VOLUMEN (5% V/V) Y MENOS DE ONCE COMA CINCO POR CIENTO VOLUMEN SOBRE VOLUMEN (11,5% V/V).
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 4° DE LA RESOLUCION 6/2024 DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, B.O. 20/03/2024, PAGINA 15. VIGENCIA: A PARTIR DEL 20/03/2024.
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