Decreto
854/2013
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
28-jun-2013
Publicada en el Boletín Oficial del 23-jul-2013 Número: 32685 Página: 4
Resumen:
FIJASE, A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE 2013 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2013, EL HABER MENSUAL PARA EL PERSONAL CON ESTADO MILITAR DE GENDARME EN ACTIVIDAD DE LA GENDARMERIA NACIONAL, CONFORME LOS IMPORTES QUE PARA LOS DISTINTOS GRADOS SE DETALLAN EN LOS ANEXOS I Y II, RESPECTIVAMENTE, QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE DECRETO. DEROGASE EL INCISO C) DE LA PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2° DEL DECRETO Nº 1307/12 Y SU MODIFICATORIO Nº 246/13, CORRESPONDIENTE AL SUPLEMENTO PARTICULAR “POR MAYOR EXIGENCIA DEL SERVICIO”.
Esta norma modifica o complementa a 13 norma(s).