Resolución  567/2020   MINISTERIO DE SALUD
14-mar-2020

MINISTERIO DE SALUD

CORONAVIRUS (COVID -19) - PROHIBICION DE INGRESO AL PAIS

Publicada en el Boletín Oficial del 14-mar-2020    Número: 34329    Página: 3


Resumen:
ESTABLECESE LA PROHIBICION DE INGRESO AL PAIS POR UN PLAZO DE TREINTA (30) DIAS DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS NO RESIDENTES QUE HAYAN TRANSITADO POR “ZONAS AFECTADAS” EN LOS CATORCE (14) DIAS PREVIOS A SU LLEGADA, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 4° DEL DECRETO 260/2020. EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA PROHIBICION DE INGRESO AL PAIS PODRA ABREVIARSE O EXTENDERSE CONFORME LA EVOLUCION DE LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA.


Observaciones:
LA PRESENTE NORMA FUE PUBLICADA EN SUPLEMENTO DE BOLETIN OFICIAL.


Texto completo de la norma


Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 6 norma(s).