Resolución
83/1998
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
12-ago-1998
Publicada en el Boletín Oficial del 19-ago-1998 Número: 28961 Página: 3
Resumen:
MODIFICASE EL ART. 2° DE LA RES. SRT N° 51/98, QUE DETERMINA EL PLAZO EN QUE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO DEBERAN COMUNICAR LA EXTINCION DE LOS CONTRATOS DE AFILIACION DE LOS EMPLEADORES POR FALTA DE PAGO.-
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 13 DE LA RESOLUCION 741/2010 DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, B.O. 27/05/2010, PAGINA 10.
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