Resolución
41/2020
AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO
13-may-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 15-may-2020 Número: 34381 Página: 27
Resumen:
SUSPENDASE EN FORMA TRANSITORIA LA PERCEPCION DE CUOTAS DERIVADAS DE LAS OPERACIONES DE VENTAS DIRECTAS DE INMUEBLES CON DESTINO A VIVIENDA FAMILIAR O VIVIENDA UNICA Y PERMANENTE, FORMALIZADAS BAJO LOS REGIMENES DE LA LEYES N° 22.423, N° 24.146, EL DECRETO N° 2.137/91 Y LAS RELATIVAS A LOS PROCESOS DE LA REGULARIZACION DOMINIAL ESTABLECIDA POR LA LEY N° 23.967, DESDE EL 1° DE ABRIL DEL CORRIENTE AÑO Y HASTA TANTO LA AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO DISPONGA SU FINALIZACION, EN FUNCION DE LAS POLITICAS PUBLICAS QUE DICTE EL PODER EJECUTIVO NACIONAL EN EL MARCO DE LO DISPUESTO EN EL DECRETO Nº 260/20 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS.
Esta norma modifica o complementa a 7 norma(s).