Resolución
514/2020
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
02-oct-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 05-oct-2020 Número: 34489 Página: 18
Resumen:
LA COMISION CONSULTIVA PARA LA PROMOCION DE LA BIOTECNOLOGIA MODERNA, CREADA POR EL ARTICULO 21 DE LA LEY N° 26.270, ESTARA CONFORMADA POR DIECISIETE (17) MIEMBROS, DE LOS CUALES ONCE (11) MIEMBROS REPRESENTARAN AL SECTOR PUBLICO Y SEIS (6) MIEMBROS REPRESENTARAN A INSTITUCIONES DEL SECTOR PRIVADO Y/O DE LAS DIVERSAS ACTIVIDADES INVOLUCRADAS EN EL DESARROLLO BIOTECNOLOGICO, DE LOS CUALES SERAN: UN (1) MIEMBRO DE LA RED DE LABORATORIOS DE BIOTECNOLOGIA PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE; UN (1) MIEMBRO DE LA CAMARA ARGENTINA DE BIOTECNOLOGIA; UN (1) MIEMBRO DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE PRODUCCION ANIMAL; UN (1) MIEMBRO DE LA ASOCIACION DE SEMILLEROS ARGENTINOS; UN (1) MIEMBRO DEL CAMARA ARGENTINA DE BIOINSUMOS Y UN (1) MIEMBRO DEL CONSEJO DE RECTORES DE UNIVERSIDADES PRIVADAS. EN RELACION AL SECTOR PUBLICO, SE CONFORMARA CON: UN (1) REPRESENTANTE DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO DE LA SECRETARIA DE INDUSTRIA, ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO QUE SERA EL REPRESENTANTE DE LA AUTORIDAD DE APLICACION, UN (1) REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA; UN (1) REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION; UN (1) REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE SALUD; UN (1) REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE; UN (1) REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO; UN (1) REPRESENTANTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO; UN (1) REPRESENTANTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA; UN (1) REPRESENTANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET); UN (1) REPRESENTANTE DEL CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Y UN (1) REPRESENTANTE DEL CONSEJO FEDERAL DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION 972/2022 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, B.O. 06/12/2022, PAGINA 34. VIGENCIA: VER ARTICULO 3° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
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