Resolución  5/1996   SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
31-ene-1996

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

OPCION (ART. 30 L. 24.241). PLAZO - PRORROGA

Publicada en el Boletín Oficial del 05-feb-1996    Número: 28326    Página: 4


Resumen:
PRORROGASE HASTA EL 16 DE FEBRERO DE 1996, INCLUSIVE, EL PLAZO PAR HACER USO DE LA OPCION PREVISTA EN EL ART. 40 DE LA LEY Nº 24.241 - SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES-, POR LOS TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA Y AUTONOMOS QUEESTUVIERON COMPRENDIDOS EN LOS CONVENIOS DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL FUNDADOS EN LAS LEYES NROS. 20.155 Y 23.107.-



Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).


Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.