Resolución
74/2019
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
28-feb-2019
Publicada en el Boletín Oficial del 06-mar-2019 Número: 34068 Página: 72
Resumen:
EL HABER MINIMO GARANTIZADO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE MARZO DE 2019, ESTABLECIDO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 8º DE LA LEY Nº 26.417, SERA DE PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS DIEZ, CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 10.410,37.-).
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).