Nota Externa
5/2006
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
13-mar-2006
Publicada en el Boletín Oficial del 15-mar-2006 Número: 30866 Página: 25
Resumen:
LOS AGENTES DEL SERVICIO ADUANERO QUE INTERVENGAN EN EL CONTROL DE OPERACIONES DE EXPORTACION EN EL MARCO DE LA NORMATIVA VIGENTE, DEBERAN CONSTATAR QUE LA MERCADERIA PRESENTADA A DICHO CONTROL SE ENCUENTRE IDENTIFICADA DE TAL FORMA QUE RESULTE INEQUIVOCO SU DESTINO (“PARA EXPORTACION”). LA IDENTIFICACION DEBERA SER COLOCADA EN EL EMBALAJE, ENTENDIENDO POR ESTE AL ENVASE FINAL DESTINADO A CONTENER UNO O VARIOS ENVASES SECUNDARIOS.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.