Resolución
8/2002
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
30-may-2002
Publicada en el Boletín Oficial del 14-jun-2002 Número: 29921 Página: 26
Resumen:
SUSTITUIR EL TEXTO RESUELTO EN EL ACTA CNAT 2357 DEL 7 DE MAYO DE 2002 POR EL SIGUIENTE: "ACORDAR QUE, SIN PERJUICIO DE LA TASA APLICABLE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2001, A PARTIR DEL 1RO. DE ENERO DE 2002 SE APLICARA LA TASA DE INTERES ACTIVA FIJADA POR EL BANCO DE LA NACION ARGENTINA PARA EL OTORGAMIENTO DE PRESTAMOS, SEGUN LA PLANILLA QUE DIFUNDIRA LA PROSECRETARIA GENERAL DE LA CAMARA".
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