Decisión Administrativa
2/2003
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
07-ene-2003
Publicada en el Boletín Oficial del 08-ene-2003 Número: 30063 Página: 8
Resumen:
ESTABLECESE QUE TODAS LAS JURISDICCIONES Y ENTIDADES COMPRENDIDAS EN EL INCISO A) DEL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 24.156 Y LAS UNIDADES EJECUTORAS DE PRESTAMOS EXTERNOS, DEBERAN ACTUALIZAR LOS REGISTROS PATRIMONIALES DE LOS BIENES MUEBLES ASIGNADOS A LOS SERVICIOS DE SU DEPENDENCIA. INTERVENCION DE LA UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.
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